Convenio de Ingenierías y oficinas de estudios técnicos

En nuestro convenio dice que debemos trabajar un máximo de 1800 horas, tenemos 23 días(laborables) de vacaciones, 14 festivos y el 24 y el 31 de diciembre festivos no recuperables. Si cómo pasó éste 2018 el calendario laboral en Cataluña dice que hay 15 festivos (el 26 de diciembre o segunda pasqua recuperables) con lo que serían 14, pero los festivos no incluyen los dos festivos locales, ¿cómo queda ésto? ¿Los dos locales hay que recuperarlos? Entiendo que tenemos que recuperar uno de los 15 días festivos de Cataluña pero no sé cóm quedan los locales.

A parte si hay tres festivos en fin de semana el computo total de horas se reduce a 1792, ¿verdad? ¿Ésto es un máximo o es un máximo y un mínimo a la vez?

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El calendario de 2019 para Catalunya ya salió publicado:

Estos son los 12 festivos del calendario laboral del 2019 para toda Catalunya aprobados por el CRL:

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 19 de abril: Viernes Santo
  • 22 de abril: Lunes de Pascua
  • 1 de mayo: Día del Trabajador
  • 24 de junio: Sant Joan
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen
  • 11 de septiembre: Diada Nacional de Catalunya
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre: Todos los Santos
  • 6 de diciembre: Día de la Constitución
  • 25 de diciembre: Navidad
  • 26 de diciembre: Sant Esteve

A las 12 fechas previstas por el Consell de Relacions Laborals (CRL), los ayuntamientos añadirán dos fiestas locales, retribuidas y no recuperables.

Entotal, son 14 festivos, que son los que te dice tu convenio colectivo. A esos tienes que añadir porque tu convenio te los da el 24 y 31 de diciembre.

Creo que tu confusión viene de pensar que son 14 festivos + 2 festivos locales. Esto no es así, para todas las comunidades autonomas son 14 festivos en total INCLUIDOS los locales.

A partir de ahí, elaboras el calendario laboral, según las horas máximas de convenio. Recuerda que son horas máximas, si por lo que sea te da menos y, como empresa, lo aprobais, el único requisito es no pasarse de esas horas.

Gracias,

A ver si me explico mejor. Éste año habré trabajado 1792 horas, habré hecho todos los festivos que han caído de lunes a viernes, 12 generales, si no he contado mal, + 2 locales, el 24 y el 31 de diciembre, pero sólo 22 días de vacaciones en lugar de 23, puedo reclamar el día que me falta o al no llegar a las horas no puedo? Tiene que ser por acuerdo con la empresa?

Dice el convenio que si 3 festivos o más caen en fin de semana el computo máximo de reduce en 8 horas (1792), se da éste caso en 2018 o san Juan al caer en domingo no cuenta y en realidad sólo se aplica si 3 festivo o más caen en sábado? O tienen que ser 3 festivos de los de la lista que da el CRL?

Le debo horas a la empresa si no llego a 1800? Me las pueden reclamar?

Vale, pensaba que preguntabas a futuro, no a pasado...

Tu empresa debió publicar un calendario laboral a finales de 2017 para 2018. En él se verán los festivos oficiales (12+2), el 24 y 31 de diciembre y si tenéis alguno más de regalo (tipo puentes). Y lógicamente, también los días laborales, las horas totales anuales, el horario anual si cambia en verano o en alguna fecha concreta por inventarios, por ejemplo. Tu tienes que ceñirte a ese calendario. Dentro de ese calendario tienes los días de vacaciones que te marque el convenio que, por lo que dices, son 23 días laborales.

Si el calendario esta hecho de forma que cumpliendo los festivos oficiales y de convenio, los días laborales que quedan restando las vacaciones de convenio, salen menos horas que las 1800, entonces es que la empresa ha decidido no trabajar ese máximo permitido.

Como he intentado expresar en la respuesta anterior, las 1800 horas son un MÁXIMO que indica el convenio. No es una cifra exacta que haya que cumplir. Si la empresa decide hacer menos, pues se hacen menos.

Lo que dices de los 3 festivos es correcto. Si el convenio dice "fines de semana" se refiere a sábados y domingos. Entonces serán las 1792 horas anuales, utilizando ese criterio.

Cuando, como empresa, creas el calendario laboral. Básicamente, marcas los 14 festivos y cuentas los días laborales que quedan. A esa cifra le restas los días de vacaciones y si la cifra resultante es superior a las horas de convenio, entonces marcas puentes o das más días de vacaciones ese año,... En tu caso, parece que vieron que estaba por debajo de las 1800 con ese apartado del convenio de los días festivos en fin de semana y ya está.

Gracias, siento insistir pero es que soy nueva en la empresa y en el convenio y hasta ahora nadie se lo había mirado...

No pedimos el calendario y no se nos dio, de cara al 2019, en cuanto se nos dé el calendario, lo vamos a pedir, vamos a mirar. Yo he hecho estos cálculos:

365 días-52 sábados-52 domingos-11 días festivos(los que no caen en fin de semana)- 2 días(el 24 y el 31) - 23 días de vacaciones=225 días

225días*8 horas=1800 horas totales.

El convenio dice ésto:

Cuando de las 14 festividades que anualmente comprende el calendario oficial,

Según el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, al

Menos tres de ellas coincidan en sábado o domingo sin ser trasladadas a otro día de la

Semana, la jornada máxima de trabajo efectivo citada en el anterior apartado 1 de este

Artículo se reducirá para ese año en ocho horas.

Entiendo que para el 2019 no se reduce el número máximo de horas porqué el 6 de enero, que es festivo y cae en domingo y el 8 de diciembre que también cae en domingo, no salen en la lista que me has dado en la primera respuesta con lo que el número total de festivos que caen en sábado y domingo se reduciría a 1, el 12 de octubre ya que es el único que está en la lista,¿es así?

Entonces en el calendario que nos debería haber dado la empresa para el 2018, se nos pueden quitar días de vacaciones, hemos hecho 22 en lugar de 23, ¿por qué las horas no llegan a 1800? Nos han dicho que debemos recuperar los festivos locales puesto que no están incluidos en los 14 días del CRL

https://web.gencat.cat/es/actualitat/reportatges/calendarilaboral/ 

En el link anterior tienes los festivos oficiales de Catalunya del 2018, de las 13 que marcan como dice en el párrafo del articulo teníais que haber hecho 12 y luego los 2 locales. Si habéis hecho las 13, habéis hecho un día de más y os cuenta como vacaciones.

Pide un calendario laboral de 2018 de la empresa o buscalo, debería estar colgado en un sitio por el que paséis todos, la oficina o si tenéis un sitio para el café o algún sitio así. Si no, pide uno.

Puesto que el 6 de enero y el 8 de diciembre caen en fin de semana hemos hecho 11 más los dos locales, al final del año sumamos 1792 horas, pero sólo hemos hecho 22 días de vacaciones, puedo pedir el 23 aún que quede el computo total en 1784?

Insisto en que hables con la empresa y te enseñen tanto el calendario laboral como el cálculo que han hecho de tus vacaciones. Ya que en la respuesta anterior a esta última que me das, me hablabas de que 2018 daba 225 días laborales y eso corresponden a 1800 horas y ahora me hablas de un cómputo de horas distinto...

Tu tienes derecho a tus 14 festivos anuales y a tus 23 días laborales de vacaciones. Otra cosa es que la empresa o vosotros hayáis computado como festivo un día que sea de vacaciones y entonces los cálculos no os cuadren con los de la empresa.

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