Sobre el paro

Hace unos días me resolvisteis una duda muy bien, ahora te envío otra:

De 2004 a 2006 otra hija mía estuvo trabajando en una empresa. A finales de 2006 dejó la empresa voluntariamente para estudiar. Como se fue ella, no la echaron, no tenia derecho a cobrar paro. Este hecho no le importó pues vivía con nosotros, sus padres, y pensó en guardarlo para cuando le haría falta.

Desde 2010 a la actualidad esta trabajando en otra empresa. Mi duda es: ¿Si la despidiesen de la empresa tendría derecho a cobrar el paro acumulado durante su primer trabajo?. ¿Tendría mas meses de prestación por lo que cotizó de 2004 a 2006? ¿Lo ha perdido?

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Como desde el cese voluntario en la empresa donde anteriormente trabajaba de tu hija ya han transcurrido mas de los tres meses que exige el SEPE para poder acceder a la prestación por desempleo después de abandonar la empresa en la que se estaba trabajando por voluntad propia, para que pueda reactivar la prestación por desempleo que no pudo cobrar mas lo que haya cotizado hasta la fecha del despido la podrá cobrar una vez que tu hija se encuentre en situación legal de desempleo `por haber finalizado el contrato de trabajo o por por haber sido despedida. Es decir que cuando un trabajador o trabajadora deja voluntariamente la empresa en la venia trabajando, no pierde el paro que tenga acumulado hasta la fecha del despido si no que en ese momento no lo puede cobrar hasta no transcurran al menos tres meses entre la fecha del cese voluntario y la fecha de la extinción del siguiente contrato de trabajo, siempre que la extinción del contrato de trabajo se produzca a instancias del empresario, de esa forma tu hija se encontrara en situación legal de desempleo situación imprescindible para poder solicitar la presentación que tenga acumulada y no haya utilizado en en los 6 años anteriores a la fecha de la ultima extinción contractual, y la base reguladora de la prestación se calculara sobre la base de cotización de los 6 últimos meses cotizados, cuyos detalles sobre la cuantía mínim o máxima, las puedes consultar en el enlace que te dejo mas abajo.. Por lo tanto cundo a tu hija se la extinga el contrato de trabajo ya sea por finalización o por despido puede acudir a la oficina del SEPE que la corresponda para inscribirse como demandante de empleo y posteriormente solicitar el pago de la prestación que tenga acumulado no no haya utilizado en los 6 últimos años .. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide finalizar la pregunta .. Gracias..

http://www.citapreviainem.es/prestacion-por-desempleo/

No se te olvide finalizar la pregunta.. Es lo único que pedimos los
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