Cobro del paro

Un amigo tiene la siguiente situación:

Hace 3 meses dimitió de una empresa, por lo que perdió el paro. Ahora está trabajando y tiene un contrato de 6 meses a jornada completa, que expira en Mayo.

EN caso de que en Mayo él decidiera no seguir, avisando con 15 días a la empresa, ¿en este caso sí recibiría ya paro? Porque han pasado 3 meses trabajando por lo que reactiva todo lo anterior, y no dimite, se va porque finaliza el contrato, sencillamente no quiere renovar.

¿Y es necesario avisar con esos 15 días?

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La prestación por desempleo que le corresponda percibir a un trabajador no la pierde cuando cesa o se marcha voluntariamente de la empresa en la que esta trabajando, si no que para poder recuperar dicha prestación tiene que encontrarse en situación legal de desempleo cuando vaya a solicitar la prestación por desempleo y para que se de esa situación, tienen que transcurrir tres meses desde el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no pasar el periodo de prueba por haber finalizado el contrato de trabajo o por haber sido despedido por cualquier circunstancia siempre a instancias del empresario y en contra de su voluntad de la ultima empresa, de esa manera el trabajador se encuentra en situación legal de desempleo y pueda cobrar la prestación por desempleo, pero si al trabajador después de cesar en la anterior empresa, le ofrecen un contrato de trajo de 6 meses y una vez finalizado los 6 meses de contrato de trabajo le ofrecen la renovación del contrato y el trabajador rechaza la oferta de la renovación, el trabajador se encontrara en situación legal de desempleo y por lo tanto podrá acceder a la prestación por desempleo si en el certificado de empresa que la empresa entrega al trabajador al producirse la extinción del contrato de trabajo, el empresario, no pone en la casilla donde se consigna la causa de la extinción del contrato de trabajo, que la causa de la extinción del contrato de trabajo a sido debida a la negativa del trabajador a renovar el contrato de trabajo, porque si es así el trabajador no tiene derecho a la prestación por desempleo por considerarse un cese voluntario.. En cuanto a lo del preaviso tienes que que atenerte a lo que establece el convenio colectivo, y si el convenio colectivo no especifica los días con los que tienes que preavisar a la empresa entonces tienes que notificarlo con 15 días de antelación pero siempre que te decidas a dejar la empresa antes de la fecha de vencimiento pero si esperas a la fecha de vencimiento no tienes que avisar a la empresa simplemente simplemente conque les digas que no te interesa renovar al contrato ya es suficiente, pero luego el que puedas cobrar la prestación de desempleo dependerá como ya te e dicho antes, de que consigne el empresario en el certificado de empresa, que la extinción del contrato de trabajo a sido a instancias del trabajador al no renovar el contrato,, o por finalización del contrato de trabajo a instancias de la empresa...

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