Puedo cobrar subsidio por desempleo

Yo nunca e trabajado hasta el verano estuve trabajando cuatro meses y no e podido cobrar el subsidio por que me faltan 2 meses para llegar a 6 meses cotizados pero estoy planteándome un negocio que tendría que estar de autónomo pero claro siempre esta la duda de que si te saldrá bien en entonces quería saber si a los 2 meses caso al actividad tendría derecho a subsidio es lo que yo mepregunto

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El trabajo por cuenta propia no se tiene en cuenta para el computo de la prestación o el subsidio de desempleo porque el trabajador por cuenta propia cotiza al RETA que es un régimen de la seguridad social distinto al RGSS, y no cotiza al SEPE para el desempleo, de forma que si quieres cobrar el subsidio de desempleo, por falta de cotizaciones para cobrar el paro, los dos meses que te faltan los tienes trabar por cuenta ajena y cotizar al RGSS y al SEPE, para, porque los trabajadores por cuenta propia no cotizan para el desempleo si no que cotizan para el cese por actividad que es totalmente diferente a la prestación por desempleo.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

hola buenas de nuevo muchas gracias por tu respuesta me a quedado claro . pero quería saber si yo trabajo 2 meses por cuenta ajena y yo me voy de la empresa y en el certificado de empresa pone baja voluntaria que pasa. y si pone baja por despido que pasa . haber si me puedes quitarme esa duda gracias un saludo

Si en el certificado de empresa consta la extinción de la relación laboral a instancias del trabajador como consecuencia de un cese voluntario, el trabajador no podrá tramitar en el SEPE, ningún tipo de prestación porque el cese voluntario no es considerada como una situación legal de desempleo situación imprescindible para acceder a cualquier tipo de prestación porque para que un trabajador pueda cobrar la prestación por desempleo o una ayuda familiar en el certificado de empresa la extinción del contrato de trabajo tiene que constar a instancias del empresario por despido finalización del contrato de trabajo o por no pasar el periodo de prueba, porque si en el certificado de empresa la extinción del contrato consta a instancias del trabajador por cese voluntario, entonces no podrá solicitar la prestación del paro, ni ningún tipo de ayuda ya que el cese voluntario no se considera como una situación legal de desempleo algo imprescindible para acceder a las prestaciones del SEPE/INEM).. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

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