Olvido de sellar el paro..

¿Estoy preocupado porque tengo derecho a la ayuda aunque no puedo sacarla hasta dentro de un tiempo pues voy a empezar a trabajar por varios días por una ETT y el último trabajo que estuve(hace 1 año) no lo saqué por ignorancia de que tenía que echar los papeles en 15 días y ahora con este trabajo que me a salido cuando lo termine podré sacarlo?, ¿Pero cuál es mi sorpresa?. Voy a mirar la tarjeta de demanda de empleo y se me a pasado el plazo de renovación esta vez porque se me fastidió el móvil que me alertaba del día que era el 11 de agosto y se me a pasado. Mi pregunta es ¿pueden darme la ayuda aunque se me haya pasado el plazo después de finalizar este nuevo contrato?. No sé si me he expresado bien o necesita más datos, la verdad es que estoy hecho un lio y no entiendo de esto, pero necesito saberlo.
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Veamos
Si te refieres al subsidio por desempleo no se pierde por no sellarlo, lo que si que hacen es penalizarte y ese mes a lo mejor no cobras.
El derecho a paro que has generado no se pierde así como así, de todas maneras el dinero del paro no se saca, te lo transfieren cada día 10 a tu cuenta.
Si me explicas cual el el subsisdio que te pertenece podré ser más preciso.
Bueno el subsidio es por haber cotizado 180 días, creo que es la ayuda, y la última vez que cobré un paro fue hace 2 años, pero mi duda es que ahora que voy a trabajar 2 días dado de alta, ¿me puede influir el habérseme olvidado sellar el paro en este mes o empieza como si fuera de nuevo por el trabajo?. Gracias.
Te respondí en la otra pregunta.
Por favor, finaliza y puntúa todas las preguntas.

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Una de las cosas que tiene que acordarse una persona que esta cobrando el desempleo es tener que renovar y sellar la tarjeta del paro cada tres meses. En el papel que nos dan en el Inem cuando vamos a sellar nos indica la fecha de dicha renovación. ¿Y si nos olvidamos de ir en esa fecha?, ¿Qué pasa?, pues lo más normal es que te sancionen La renovación de la demanda es una obligación de los beneficiarios de prestaciones de desempleo. Por ello, el olvidar renovarla es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal inicie un procedimiento sancionador por infracción leve que puede concluir con la pérdida de un mes de prestación la primera vez que se incumple, de tres meses la segunda vez, de seis meses si hay una tercera, y la pérdida de todo el derecho si se produce un cuarto incumplimiento. Para estos supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción, cuando entre la comisión de una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días. ¿Qué debemos hacer si te sucede esto? Por supuesto ir inmediatamente a tu oficina del Inem para dar parte. En ese momento te dirán que te será enviada una carta a tu domicilio donde te indicarán que se ha interrumpido tu prestación y que deberás presentar alegaciones si lo ves oportuno. Ese mes que te pondrían de sanción no lo podrás recuperar y contaría como un mes de desempleo percibido pero sin cobrarlo, por lo tanto tienes que enterarte. En el INEM, por si tienes que presentar alegaciones, de por que te han quitado de una sola vez toda la prestación por desempleo porque no te pueden quitar la prestación del desempleo de una sola vez a no ser que lte le hayan quitado por otra razón mucho más grave y no por no sellar la tarjeta de desempleo en la fecha correspondiente, .
¿Qué alegaciones podrías plantear?, pues por ejemplo puedes ir al medico y le debes la verdad para que el medico te de un parte médico en el que asegure que te fue imposible presentarte en la fecha indicada por enfermedad. Esta opción podría solucionarte el problema, pero el retraso a sido de unos pocos días.
También hay que tener en cuenta que cuando la fecha de renovación cae en un día no laboral, el día de renovación recaerá en el primer día hábil, por supuesto sin sanción.
Recuerda que si es la segunda vez que te retrasas a la hora de sellar el paro la sanción será de tres meses sin prestación y de seis meses si se te olvida por tercera vez. Y ya si se te olvida una cuarta te quitarían la prestación totalmente. Yo te aconsejo que mañana lunes sin falta te presentes en tu medico de cabecera y le expliques lo que te a pasado y el medico no creo que te ponga ninguna pega `para darte un justificante porque el caso tuyo no es el único y se a solucionado en la mayor parte de ellos de esa manera.. de todas formas el subsidio de desempleo te corresponde por el echo de haber agotado una prestación contributiva aunque el agotamiento de la prestación haya sido por un descuido a la hora de sellar la tarjeta del desempleo... Por lo que más quieras, no te olvides de más de renovar la tarjeta de demanda de empleo.
No sé si no me explicado bien pero es que yo no estaba cobrando paro ni nada, y la cuesión es que si ahora me dan de alta en este trabajo que comento, cuando termine lo puedo solicitar sin problema.
En la pregunta anterior me había parecido entender que lo que te habían quitado era el paro por retrasarte en la renovación, algo que me extrañaba mucho porque no pueden sancionar a un parado con la perdida de la totalidad de una prestación contributiva de por una sanción leve... De todas formas la respuesta que yo te he dado te servirá (dios quiera que no, pero por si acaso) por si algún día se te olvida renovar o sellar la tarjeta del desempleo sepas lo que tienes que hacer.. Pero referente a tu pregunta:A ti lo que te tiene que preocupar, es que una vez finalizado el contrato de trabajo de la empresa para la que vallas a trabajar, no se te olvide renovar la tarjeta del INEM en la fecha que te marquen indique el sello que te estampan en ella, y si te retrasas ya sabes lo que tienes que hacer, por lo demás no tienes porque preocuparte porque cundo te vuelvas a quedar en el desempleo y lleves toda la documentación que te exigen para cobrar la prestación por desempleo, y te darán otra tarjeta del INEM, y una fecha para que pases a sellar la tarjeta o la información necesaria, para que lo hagas por Internet si es que quieres hacerlo de esa manera, por lo demás no tienes que tener ningún problema por no renovar la tarjeta estando en el desempleo sin cobrar la prestación, pero ya puedes tener más cuidado cuando tengas que sellar la tarjeta del desempleo cuando estés cobrando la prestación porque entonces las consecuencias ya las conoces, así que tranquilo que cuando termines el contrato percibirás la prestación por desempleo siempre que reúnas los requisitos de los 360 días de cotización y el alta en la seguridad social...
Muchas gracias por tu gran aportación, pero ya lo sé para la próxima y la pondré en el móvil en avisos como 2 semanas antes je je.
UN saludo
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No tienes porque estar nervioso si no cobrabas nada del paro y faltas a un plazo lo vuelves a renovar y cuando acabes el contrato que te agan acuérdate del plaxo máximo para solicitar la prestación y podrás disfrutar de todo lo que tengas acumulado
Vale pero si el trabajo lo empiezo este mismo lunes(mañana), ¿tengo qué volver a sacar la tarjeta del paro antes de trabajar? ¿Y luego la empresa darme de baja en la S.S para que al finalizar con ellos me den la prestación?. ¿Crees qué puede influir el tema de esos días que se me han pasado de renovar el paro?. Gracias de nuevo.
No tranquilo la empresa te dará de alta en la SS y automáticamente en el INEM ya saben que estas trabajando y no tienes que renovar la tarjeta y no influye para nada
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Se ha expresado bien. Mi consejo es que una vez finalizado el contrato que le han ofrecido ahora, acuda a la oficina del INEM o de empleo más próxima y solicite la ayuda de un orientador laboral (servicio gratuito en estas oficinas), quien podrá revisar su expediente y aconsejarle lo que más le conviene.
Slds
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Por lo que me cuentas, entiendo que una vez que termines el contrato pasas de nuevo a situación legal de desempleo por lo que vuelven a correr los plazos para solicitar las prestaciones.
Dependerá de tu caso concreto por lo que lo mejor es que tal como termines el contrato te dirijas a tu oficina del INEM y te miran todo tu historial
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Si vas a empezar a trabajar en una ETT varios días, te tendrás que dar de alta nuevamente como parado, cuando termine dicho contrato, y hay te darán una nueva tarjeta de demanda de empleo, utiliza esa nueva para solicitar la ayuda, y no comentes nada de la otra.
Y acuérdate siempre de sellarla, porque si estás cobrando una prestación si que te podrían sancionar por ello
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Si no has renovado el dardre del inem te suspenderán el paro independientemente de que tengas una excusa de peso. Es un sistema automático y en el momento que no se renueva se entiende que estás trabajando. Tienes que acudir sin falta a tu centro para que te lo resuelva, pero ese mes que te han paralizado no lo cobrarás hasta la finalización del paro, salvo que un alma caritativa del inem, que lo dudo, te lo quiera o pueda arreglar, pero en principio vas a estar un mes sin cobro. Lo siento.

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