Parados. Nueva ley mayores 52 años

Quisiera comentarte una duda.
Mi mujer la despidieron con 35 años cotizados a la ss. Después de cobrar el paro, esta cobrando 426 €, le dieron esa ayuda por 6 meses que ese terminan en agosto. Nos dijeron que ese lo alargarían al 16 de diciembre que cumple los 52 años.
Mi pregunta es: Con el real decreto ley 20/2012. Esto es factible.

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El Gobierno ha decidido ampliar de 52 a 55 años el acceso al subsidio por desempleo en el caso de los prejubilados, según recoge el real decreto de medidas del Gobierno aprobado ayer y publicado este sábado por el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según explica el Ejecutivo, se "racionaliza" el régimen regulador del subsidio para mayores de 52 años con el objetivo de "garantizar su sostenibilidad en el largo plazo y para incentivar el alargamiento de la vida activa". De este modo, según recoge la Ley de Seguridad Social, en su artículo 215, existen cuatro tipos de beneficiarios del subsidio. Entre ellos figuraban los trabajadores mayores de 52, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Con la nueva redacción, la edad pasa a los 55 años. Además, para obtener el subsidio el trabajador deberá tener cumplida la edad de 55 años en la fecha del agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo; o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a un subsidio o cumplirla durante supercepción, por lo tanto deberías de informarte en cualquier oficina del servicio publico estatal de empleo, o INEM, para que te rcisen con mas exactitud la situación de tu mujer respecto a las nuevas condiciones para acceder a la prejubilación o lo que antes se conocía como subsidio para mayores de 52 años porque los expertos de momento nos limitamos a interpretar lo que refleja el Real decreto ley, pero si quieres informarte directamente por mediación del INEM aquí te dejo el numero de teléfono de atención a los ciudadanos, en ese numero de teléfono te proporcionaran toda la información al respecto.. TELÉFONO DEL INEM:901 119 999..

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