Prestación mayores 52 años

Tengo 52 años y cotizados mas de 15 años, no he tenido actividad durante más de 15 años, actualmente estoy sin trabajo. ¿Puedo solicitar la prestación de mayores de 52 años?

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El Gobierno ha modificado el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, modificando el nivel asistencial que tenían los trabajadores mayores de 52 años, pasando ahora a tener derecho sólo los mayores de 55 años, dentro del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, publicado el Boletín Oficial del Estado.
El artículo 215 que redactado así:
Medidas en materia de Seguridad Social y Empleo
Artículo 17. Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Siete. El número 3 del apartado 1 y el número 2 del apartado 3 del artículo 215 quedan redactados en los términos siguientes:
«1. Serán beneficiarios del subsidio:
3. Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Para obtener el subsidio el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta y cinco años en la fecha del agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo; o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a un subsidio de los supuestos contemplados en los apartados anteriores o cumplirla durante su percepción». Así que siento decirte el subsidio para mayores de 52 años a pasad a mejor vida por imperativo del gobierno del señor Rajoy y en la actualidad no se puede solicitar hasta que en el momento de la solicitud además de reunir el resto de los requisitos, hay que tener cumplidos los 55 años.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

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