Modificación plano vivienda nueva

Compré en el 2006 un bajo con un jardín privado de 170 m cuadrados. Hay dos alturas más por encima de mi bajo. Al firmar el contrato me dieron un plano en el que aparece el jardín sin absolutamente nada. Hace unas semanas fui a ver la casa, y no me lo podía creer! Cuatro alcantarillas enormes que anulan totalmente el jardín. Justo ocupando TODO el jardín. Enterrada, una poza séptica con depuradora. Las alcantarillas son las aberturas que necesita la depuradora. Falta una o dos semanas para firmar ya que tienen la licencia de primera ocupación al caer. Por supuesto nadie me dijo nada de la depuradora ni de las alcantarillas. Tenían previsto ponerla en terreno público y el ayuntamiento les dijo que tenían que ponerlas en terreno privado. Pero a mi nadie me dijo nada. Compré una vivienda por su jardín, y ahora no se puede utilizar. Estoy decidido a ir a los juzgados. Por supuesto que no voy a comprarla ni voy a firmar. Necesitaría consejo. Muchas gracias de antemano.
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Hay que tener bien claro si ese espacio es un jardín privado o es un patio necesario para ventilación e iluminación que luego queda para uso y disfrute del vecino del bajo.
Si es un patio obligatorio la instalación puede ubicarse siempre y cuando no impida la correcta ventilación e iluminación de las estancias que dan a dicho patio. Estas condiciones de ventilación e iluminación se consultan en el Plan General de Ordenación Urbana.
Hola Bisectriz! Gracias por responderme tan rápidamente. El jardín es totalmente privado. Es un edificio de tres alturas: cuatro bajos, cuatro primeros pisos y cuatro segundos. Lo que pasa es que los cuatro bajos tienen cuatro jardines PRIVADOS que rodean totalmente el edificio. A cada uno de los jardines solo se puede acceder desde el bajo correspondiente y esta rodeado de una valla. Es decir, como si fuera el jardín de un chalet. Totalmente privado. A ver si me puedes aclararme algo. Gracias!
La instalación ya no la van a mover de ahí. Eso hay que tenerlo claro porque en algún sitio tiene que estar. Entonces la cuestión es ahora cómo recuperar lo que has dado.
Lo cierto es que la ley sólo recomienda pero no obliga a que las instalaciones de saneamiento discurran por zonas comunes.
Sin embargo el Código Técnico de la Edificación dice que:
"La instalación de evacuación de aguas residuales se ejecutará con sujeción al proyecto"
Con lo cual creo que si en los planos que te enseñaron no aparecen esas monstruosidades tienes derecho a que te restituyan lo dado porque esas monstruosidades son elementos que afectan profundamente a la estética y condicionan enormenente el día a día del propietario del jardín, y aunque sean instalaciones deberían aparecer en los planos de venta.
Hola de nuevo Bisectriz! Muchas gracias de nuevo. Me ha servido de mucho tu aclaración y me dejas mucho más tranquilo porque se nota que hablas con conocimiento. Gracias!

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