¿Qué puedo hacer con esta sentencia contra la comunidad de vecinos?
En mi comunidad de vecinos, un propietario denunció a la comunidad por supuestos daños en su vivienda derivados de problemas por la fachada. Según un perito, "no teníamos defensa", pero ninguna otra vivienda tiene ese problema, y los daños de esa vivienda venían realmente por problemas en el tejado. Tras las obras del tejado, él mismo reconoce que ya no tiene ningún daño, pero ha llevado la sentencia a ejecución. Tengo varias dudas:
1) En ninguna reunión se votó qué hacer con esa demanda, y las presidentas de las dos comunidades (son dos en un mismo edificio) decidieron allanarse a la demanda, sin que eso se consultara ni se sometiera a votación. Es firme y no cabe recurso, está en ejecución. ¿Nos pueden obligar al resto de vecinos a gastarnos el dinero para cumplir una sentencia sobre cuyo proceso nadie nos consultó?
2) El propietario no permite que nadie entre a la vivienda a valorarla, por lo que los arquitectos con los que he hablado, me dicen que no pueden hacer algo sin verlo. En las actas consta que no tiene ya daños. ¿No se puede hablar con el juez y contarle lo que está pasando?
3) La administradora de fincas dice que para cumplir la sentencia, es necesario un proyecto firmado por un arquitecto técnico. Sin embargo, para obras en las que no se toquen muros ni cosas así, suele ser suficiente una memoria técnica, según un aparejador al que consulté, pero ella insiste en que no. Esto encarecería mucho el proceso. ¿Hay jurisprudencia o normativa al respecto?
4) Creo que hubo dos juicios y la Comunidad se allanó en el segundo. En el primero, se ofreció intervenir la vivienda por el interior, pero el propietario se niega. El juez dijo que la fachada, según la RAE, es "lo de afuera", así que se tendría que intervenir por afuera. No declaró ningún arquitecto que pudiera contradecir algo tan simple.
5) A fin de evitar problemas en las viviendas inferiores, que puede pasar cuando sólo se aísla la superior, se acordó en la última junta intervenir las tres plantas. Hemos pensado en rellenar las cámaras de aire, pero tiene que hacerse por dentro. El propietario no quiere que nadie entre. ¿Qué sucede si se aprueba este tipo de obra y él no autoriza a entrar? ¿Podemos acudir al juez para que le obligue a abrir, o simplemente le podríamos decir que no nos permite cumplir con la sentencia y ahí "muere" el tema, no se hace y ya está?
6) Según la administradora, como no permite este tipo de obra por dentro al no dejar entrar, hay que hacerlo por afuera, y por estética no se puede hacer sólo el trozo que atañe a las viviendas afectadas. Por lo tanto, habría que hacer todo el edificio... Que sería medio millón de euros. Me parece matar moscas a cañonazos y no puede ser verdad. Un arquitecto que consulté me dice que sí es posible hacerlo por afuera si se reproduce lo más parecido posible el ladrillo original. ¿Qué dice la ley al respecto? La normativa municipal sería la del concejo de Siero, en Asturias, pero supongo que las leyes nacionales están por encima.