Comunidad condenada por error

En mi comunidad, de varios chalets adosados, hubo un incendio originado en un garaje privado de una de las viviendas al hacer unos trabajos de impermeabilización en el tejado y prender unas plantas cercanas que había, y que pertenecían a la comunidad colindante.
Esta comunidad, solicitó a su aseguradora 7.240 euros que parece que costó la restauración de los daños, y la aseguradora denunció a mi comunidad para recuperar esos gastos.
El siniestro se produjo, por realizar una obra privada, en un garaje privado.

En los varios avisos que hubo de realización del juicio, etc, el presidente de nuestra comunidad le daba a la propietaria de la vivienda que originó el siniestro la documentación para que se hiciera cargo y siempre decía que lo solucionaría, cosa que no ha cumplido, por lo que al no personarse nadie en el juicio ni hacer nada, se ha condenado a la comunidad al pago de mas de siete mil euros
Nadie pone en duda que los hechos ocurrieron y que en la sentencia ha quedado demostrado, el gran error es que se ha demandado y condenado a la comunidad, cuando había que haber demandado a los propietarios de la vivienda que a título particular ejecutaba unas obras en su propiedad.

¿Cómo podemos resolver este error ahora que ya hay condena en firme?

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Respuesta
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Hay alguna cosilla en su exposición que no termino de entender. Si están vds. en régimen de comunidad, se supone que alguien cuando va a realizar obras en su casa ha de pedir permiso a la comunidad. El permiso se concede por acción o inacción, es decir, si saben vds. que alguien esta haciendo obras en su casa sin permiso deben paralizarlas.

Si tiene curiosidad lea este artículo en nuestra web

http://tecniexperto.blogspot.com.es/

Pena de cárcel para el presidente de una comunidad de propietarios.

Por otra parte no entiendo lo que dice "En los varios avisos que hubo de realización del juicio, etc, el presidente de nuestra comunidad le daba a la propietaria de la vivienda que originó el siniestro la documentación para que se hiciera cargo y siempre decía que lo solucionaría".

En caso de Juicio el representante de la comunidad es el presidente (no vale tratar de pasar el muerto a otro y si no que se entere de las responsabilidades del presidente), no la causante en este caso, y según el artículo de arriba el que puede ir incluso a la cárcel es el presidente, no el causante (así están las leyes en este país).

Yo creo que tal y como está la cosa la comunidad de propietarios debería emprender una demanda contra el propietario en cuestión, y contra la empresa causante del incendio (si es que aún existe), por imprudencia, por carecer de permiso de la comunidad, y por carecer de licencia de obra (mayor o menor según corresponda), por hacer obras sin seguro de Responsabilidad civil como promotor, por infringir la normativa de seguridad e higiene... etc. etc.

Le dejo nuestros datos abajo por si necesita alguna otra cosa

Saludos

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Comunidades, Técnico de cabecera, dirección de obras, Control de Calidad y
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Hola y gracias por la pronta respuesta.

Le aclaro que nuestra comunidad es de pocos vecinos y lo que digo anteriormente que el presidente pasaba los papeles que venían del juzgado al propietario del chalet causante del siniestro es que siempre supuso que se pondría en contacto con la aseguradora que nos había denunciado para indicarle que había cometido un error y que el denunciable era él.

Pero no hizo nada y dejó correr el tiempo a su favor sin deshacer el malentendido.

Saludos y Gracias

Claro, vuelvo a insistir que el que debía haber hecho todo es su presidente que para eso está y su administrador si lo tienen, ya que ellos son los representantes a efectos legales y por tanto, ante el juez y la compañía aseguradora. Su mala gestión les costará a todos el dinero. Plantéense el contratar un servicio de técnico de edificio Desde 0 eur/vecino y mes. Les ayudaría bastante en estas cosillas...

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