Voy a comprar un piso en una finca de 2 pisos. El piso vecino es moroso y me dicen que al comprar el piso debo asumir la deuda

Expongo el siguiente caso:

Pretendo comprar un piso en un edificio de 3 alturas, es decir, de 3 vecinos. El bajo es un local, el piso medio es de una persona morosa y yo compraría el piso de la tercera planta. Me comenta la inmobiliaria que hay un propietario que ha dejado de pagar los recibos (el del piso del medio) y tiene una deuda de 2000€, la cual asumiría yo como comprador. Me comenta además que el propietario del local, ha puesto un contador individual por lo que queda exento de pagar las deudas del vecino moroso, y por lo tanto, todas las deudas pasarían al vecino del 3er piso, en este caso sería yo. Mi pregunta es, ¿podría poner un contador individual (igual que ha hecho el propietario del local) y librarme de pagar la deuda del moroso? En caso de tener que pagar la deuda obligatoriamente en caso de comprar el piso;¿Podría una vez pagada la deuda, poner un contador individual?

Cabe mencionar que está constituida la comunidad de vecinos. Me pregunto también, si esta se podría deshacer para desvincularse del vecino moroso.

4 Respuestas

Respuesta

Claro que si la comunidad tiene sin pagar un recibo de un vecino, perfectamente puede demandar al morosoy exigirle el pago e inclusive embrgo del piso, pero en estos casos, la comunidad pasara derramas a los dems vecinos para cubrir esa deuda hasta que sea saldada. PROBLEMAS a la vista

Respuesta

Las comunidades de propietarios en propiedad horizontal no pueden disolverse, tampoco puede uno de los copropietarios eximirse de los gastos comunes, poniendo un contador individual, el vendedor de ese inmueble debiera descontarle esa deuda que la inmobiliaria dice que tiene usted que asumir. La situación que describe es insostenible, imagínese que mañana hay que retejar todo el edificio, según ese criterio le tocaría a usted asumirlo.

Respuesta

Esa inmobiliaría lo que tiene que hacer es dedicarse a vender pisos, y no a divulgar lo que ignora.

Usted cuando compra una vivienda, la única deuda que asumiría sería la de su vivienda. Las deudas son asumibles por el pido. O sea ese vecino debe y deberá 2000€ y usted no tiene que pagar nada.

Si usted compra el piso, lo que tienen que hacer es emprender proceso monitorio contea el moroso, teniendo en cuenta que a los cinco años prescribe esa deuda..

El del local, al igual que usted no asume ninguna deuda, por lo cual aunque halla puesto un contador, las deudas seguiran siendo del deudor.

Claro que usted no aclara que deuda es

Respuesta

Perdón, pero el piso te lo tienen que entregar saneado o sea sin ningún tipo de compromisos económicos, en caso contrario no lo tomes: La práctica habitual es que las cuentas morosas con la comunidad se incluyen en el precio de venta y el vendedor te entregará el inmueble a paz y salvo por todo concepto.

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