¿Puede el Presidente de la Comunidad negarse a acondicionar la piscina comunitaria sin que esto suponga una derrama?

El presidente de nuestra pequeña comunidad (3 vecinos) se niega a acondicionar la piscina comunitaria (hay que arreglar la depuradora) apelando a que él es muy mayor y no la va a aprovechar (por lo que los demás nos tenemos que fastidiar). Apuntar también que dicho arreglo no supone derrama ya que la comunidad dispone de dinero de sobra. ¿Qué debo hacer?

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El presidente no es nadie ni para aprobar ni para denegar una cosa así. Debéis convocar una asamblea extraordinaria y tratar el caso en ella.

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Juan Carlos, no dice que sea una mejora en la piscina, Juan Carlos indica que hay que arreglar la depuradora.

Creo que es necesario que recuerde el art.10.1.a.

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

Y en este caso si es obligación del presidente, arreglar el problema aun sin consultarlo.

Yo le mandaría un buroofax y le infica que si en el plaxo dd XX días no se soluciona el problema de la depuradora, emprenderá las oportunas acciones judiciales por dejación de funciones.

E indicarle que el no es nadie para cerrar un servicio comunitario porque el no lo use, que lo hubiese pensado antes de comprar la vivienda.

Lo que pueden hacer como son tres y dos están de acuerdo, es convocar ustedes dos, junta extraordinario para revocación de presidente por dejación.

Tiene dos soluciones y la ultima en dos días se soluciona.

Para quitar el servicio de la piscina hay dos posturas, una unanimidad y otra 3/5, cualquiera de las dos son ventajosas para ustedes dos

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Las decisiones de toman en junta y por acuerdo mayoritario. Cada propietario tiene un voto y la cuota de participación que le corresponde. El presidente, igual.

¡Gracias! 

Si en la junta 2/3 partes deciden no poder la piscina, que ocurre? No tengo yo derecho a disfrutar de un servicio común como es la piscina?

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