¿ Puede el presidente de la comunidad de propietarios contratar cosas por su cuenta?

Se quiere contrar un seguro general para seis portales sin contar con los vecinos, actualmente cada portal tiene su seguro al contrar ese cada portal dejaría de tener el suyo. Se quieren obras en zonas comunes también sin contar con los vecinos y además de poner un cierre es un pasaje que da a dos calles. Todas estas funciones y algunas que ya se han echo como contrar un servicio de limpieza, sin contar SIEMPRE con los vecinos. Cuales son las funciones del presidente de la comunidad, que puede y que no puede hacer porque me da que se está extralimitando en sus funciones, que se puede hacer al respecto.

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El presidente no puede hacer nada de eso por su cuenta, tiene que convocar junta de vecinos para tratar cada tema que requiera un desembolso o una modificación de la estructura o normas de la comunidad.

Aquí te dejo los deberes y obligaciones del presidente:

a) Representar a la Comunidad en todos los asuntos que le afecte.
        b) Convocar Junta ordinaria al menos una vez al año.
        c) Presidir las Juntas tanto ordinarias como extraordinarias.
        d) Ejercitar las acciones judiciales que acuerde la Junta ordinaria.
        e) Exigir el pago por vía judicial a los propietarios deudores.
        f) Visar los gastos y presupuestos.
        h) Hacer cumplir los acuerdos de la Junta.

Muchas gracias, me queda muy claro. Esta persona esta excendiendo al igual que los anteriores, se piensa que ser presidente es hacer lo que uno le la gana y no pueden hacer casi nada sin contar los vecinos. Pues algunos es coger el cargo y hacer y deshacer a su antojo.

En que casos puede actuar el presidente por causa de urgente necedidad, aparte de una inhundación, rotura de tubería, indencio, desplomé de alguna cornisa. Existe algún caso más, porque aquí se hacen obras ya sean menor o de mayor embergadura sin contar con los vecinos, luego los vecinos somos los paganos y ya esta bien. Que hacer ante esto

Urgente necesidad, es que sea totalmente necesario para el desarrollo de las funciones cotidianas

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Estamos de acuerdo con el Sr. Gomis y con Poliplos. De todas formas aquí te dejo unos enlaces interesantes sobre lo que debes saber sobre el presidente de tu comunidad y qué ocurre si el presidente de tu comunidad no convoca junta.

http://www.fincasmistral.com/blog/lista-de-cosas-que-debe-saber-de-un-presidente-de-una-comunidad-de-ve

http://www.fincasmistral.com/blog/el-presidente-de-la-comunidad-no-convoca-la-junta/

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La primera parte de la pregunta ya se la ha respondido, acertadamente, el Sr. Gomis. En cuanto a lo que pueden hacer ustedes, en primer lugar, sería hablar con él para manifestarle su disconformidad e indicarle que, en todo caso, convoque una reunión para tratar esos asuntos. Si no lo hace, esa reunión la pueden convocar ustedes, si reúnen el 25% de propietarios y cuotas. En esa reunión, si se ven obligados a convocarla ustedes, lo que deberían hacer es destituir al Presidente y elegir a otro, dado que actúa en contra de los intereses de la Comunidad.

Pues sabes que ha ocurrido, que este presidente en acuerdo con el administrador actual, se le ha prolongado un año más y no estoy de acuerdo con eso. Además, no será legal me imagino, no leo nada en la LPH, de estar más de uno de presidente.

El presidente puede ser renovado durante años, pero no por el administrador. Para ser renovado, debe ser la junta de propietarios la que decida reelegirlo como presidente, en la junta anual.

Aquí no se llegó a votar nada. El administrador nos preguntó si podía seguir hasta final de año y eso no lo vi bien. Yo creo que con el murmullo el resto de gente no se enteró bien

¿Hay que votar? O Vale con un simple acuerdo para renovarlo y ya esta.

No entiendo la pregunta. La elección del presidente se basa en un acuerdo. Pero los acuerdos se toman por medio de una votación, si se alcanza la mayoría necesaria. A veces, eso sí, sucede que lad votaciones quedam "enmascaradas" en el alboroto de las reuniones. Se hacen corrillos, todos hablan al mismo tiempo y el administrador o el presidente presenta un asunto y si nadie se opone, se interpreta como que todos están de acuerdo. Quizá sea eso lo que sucedió en su caso.

Eso último que comentas fue lo que ocurrió exactamente, una pasada la reunión se da el caso que gente que no esta de acuerdo con eso, pero como tampoco hemos recibido el acta de la reunión pues poco se puede hacer al respecto

Lógicamente, deberían haber recibido el Acta de la reunión. Pero, aún así, no habrían podido hacer nada. Si se aprobó renovar al Presidente en la reunión (aunque algunos asistentes no se dieran cuenta de que se estaba haciendo, por estar distraídos con otras cosas), el acuerdo es válido, se esté o no de acuerdo con ello.

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Por desgracia conozco más comunidades donde el presidente cree que es de todo el Gobierno y hace y deshace a su antojo sin necesitar consulta ni aceptación.

Como bien de ha dicho el experto Jose Gomis, debéis de limitarle las acciones a las que indica la Ley de Propiedad Horizontal y si no entra por el aro convocar una reunión para cambiar de presidente, e incluso dejarle bien claro las responsabilidades civiles que tiene sus decisiones unilaterales, por la malversación de los fondos comunitarios, que en una vía judicial le pueden repercutir sobre su patrimonio personal.

Por esa vía, lo normal es que entre en razón y cambie de actitud.

En la comunidad en la que vivo los distintos presidentes que han pasado han echo siempre lo que les ha dado la gana, por detrás y sin contar con los vecinos. Y sigue pasando, esto me parece una tomadura de pelo, por si hace una obra luego a pagar los vecinos siempre como tontos. Aquí se creen que ser presidente es poder hacer lo que uno quiere y están muy equivocados. Juegan con el dinero de otros. Se ha intentado alguna vez pedir responsabilidades y luego queda en agua de borrajas por el presidente de turno a la hora de dar la cara delante de los vecinos se raja. Estoy cansada de está situación.  Con el presidente que tenemos ahora la tenido, por su manera de proceder a la hora de hacer las cosas, empieza algo y lo deja a medias esto no es serio. Hablar con él es casi un imposible, que tu le digas lo que está pasando que no va bien por ahí y se hace sueco, que hace uno ante eso, porque del juzgado este vecino le tiene mucho pavor. 

Ya. Lo que comentas, por desgracia no es un caso aislado. Yo trabajo con un par de empresas especializadas en obras de comunidades y mejora energética y ya me ha pasado en varias ocasiones, que pedimos el acuerdo de la junta de propietarios para el comienzo de la obra y algún listo dice:

"Naaa, tranquilo, ya me ocupo yo, que no hace falta, que los tengo a todos controlados, y cosas así".

Yo nunca he empezado una obra sin un acuerdo de la junta de propietarios donde se aprobara expresamente el presupuesto de obra y las obras a ejecutar.

Mi consejo es que te pongas serias para que vea que no va a jugar contigo e indicarle en una carta certificada o en un burofax, que eres la propietaria de la vivienda X y que en aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal, te negarás a realizar ningún pago extraordinario ni derrama que no haya sido aprobada explícitamente por la junta de propietarios, y que derivarás las responsabilidades legales pertinentes en la persona que autorice gastos extraordinarios no aprobados en la junta de propietarios.

Así mismo, le indicas que quieres que se recoja esta comunicación íntegra en la siguiente junta de propietarios.

Con un escrito así, lo más habitual es que le entre un poco de miedo en el cuerpo y que comience a pensarse mejor sus manejos.

Lo que expones es muy interesante, una pregunta, tu le pides ver el acuerdo adoptado en algún documento me imagino, porque aquí no ocurre eso, si contrata a una persona por ejemplo un herrrero para poner unas barandas en zonas comunes por el presidente, sin pedir permiso a los vecinos y luego a pagar. Hacen el trabajo pero nunca les he visto pedir documentación relevativa al acuerdo, en este caso ninguno.

Pues aquí nunca se ha echo lo que tu comentas, se hacen las obras sin más nunca el contructor o el herrero se ha cepcionado si existe acuerdo alguno para llevarlas acabo y lo que es más son obras en zonas comunes y sin contar siempre con los vecinos, únicamente cuenta con todos a la hora de pagar. 

Pues en cuanto hagan una obra sin cobrar, ya verás como se espabilan.

Yo tengo un pequeño modelo de contrato de las obras que se van a realizar, su importe y en el impreso, se hace constar que las obras fueron aprobadas en la Junta de Propietarios de la fecha que sea y le da el visto bueno el presidente. Es así de sencillo.

Todas esas irregularidades que comentas deberíais de atajarlas cuanto antes.

Siempre se deben de realizar los mismos pasos.

1.- Proponer a los propietarios la necesidad de una obra y acordar llevarla a cabo o solicitar presupuestos para valorar su viabilidad.

2.- Solicitar presupuestos a empresas del sector (mi consejo es que siempre al menos 3) con importe claro, que incluya la TOTALIDAD de los costes (impuestos, si es necesario permiso de obras municipal, etc.)

3.- Presentarlos en Junta de Propietarios para tomar acuerdo al respecto. Si el acuerdo es de ejecutar la obra, determinar la forma de pago de la derrama (de una vez, en mensualidades, en plazos o como sea).

4.- Reunir la totalidad de las derramas y contratar a la empresa que se decidiera por la Junta de Propietarios.

Claro y transparente y sobre todo legal. Todo lo demás son apaños y pueden, y es más deberían, acabar en responsabilidades legales para la persona que manipula y gestiona dinero ajeno sin consentimiento.

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