Aplicación del nuevo convenio colectivo

Quisiera saber como puedo hacer, tengo un contrato modelo 100 indefinido jornada completa con un anexo de contrato de relevo que finaliza el día 5 de mayo el anexo no mi contrato pues no pone fecha de finalización .llevo 4 años en el mismo puesto el que ocupaba el prejubilado y el cual costa en mi contrato y el suyo. Pues resulta que la nueva adjudicataria puesta a dedo por la administración entra el día 1de mayo y no me subroga amparándose en la modificación del articulo 14 del convenio colectivo que entro en vigor hace un mes el cual dice ahora que prejubilado y relevista no tienen derecho a subrogación y permanecerán en la empresa cesante a no ser que pierda la totalidad de los servicios o desaparezca. La contrata continua, yo firme un contrato con unas condiciones y en un determinado centro de trabajo .si a mi me dicen que me podía pasar esto no firmaría. Si es en la actualidad tendría la posibilidad de elegir, pero cuando firme en 2014 todos que acrediten una antigüedad de 7 meses tienen que ser subrrogados, por eso fui ya subrogado 3 veces con este mismo contrato y mismo centro. La empresa cesante el día 5 me hecha a la calle alegando despido odjetivo pues solo tiene en mi localidad un servicio con un vigilante, pero es una de las empresas más fuertes de españa con multitud de servicios. Yo quiero mi puesto de trabajo el que tenia pues la nueva adjudicataria a puesto otra persona en mi sitio puesto de trabajo que es el que tenia antes el señor que se jubila el día 5 de mayo. La contrata no salio a concurso porque dicen que es un contrato menor el cual continua con la misma cantidad de vigilantes y la anterior adjudicataria la empresa en la que estoy lo gano por un importe de 180.000euros.contrato menor dicen estos ahora.comentar que el articolo 14 dice que todos los trabajadores que acrediten una antigüedad en el servicio de al menos 7 meses tengan el contrato que tengan y cual quier índole tendrá derecho a subrogacio y luego matiza dadas las peculiaridades de estos contratos tanto el prejubilado como el relevista permanecerán en la empresa cesaste, a no ser que pierda la totalidad de los servicios o desaparezca basándonos en los términos, del articulo 56, de este mismo convenio. Resulta que miras el articulo 56 para saber cuales son los términos para que puedan perder los servicios, y no dice más que. Tu centro de trabajo es tal y cobraras dietas por tal pero de términos nada de nada. Es discriminatorio, humillante y vejatorio. Tengo alguna posibilidad.

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En primer lugar, aunque usted tiene un contrato de relevo siendo el relevista, me comenta que es a tiempo completo y de duración indefinida. Por ello el despido que le hacen lo califican, en este caso objetivo.

Por lo que dice, lo que puede hacer es impugnar el despido ante la jurisdicción social, bien solicitando la calificación de improcedencia o de nulidad si se dieran el caso, que habría que estudiarlo más a fondo.

En cualquier caso, tiene 20 días desde que recibe la carta de despido para interponer la correspondiente papeleta de conciliación.

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Muchas gracias por responder, yo lo que intento es que se haga efectiva mi subrogación pues entiendo que no pueden aplicarme el articulo 14 con carácter retroactivo pues ya pase 3 subrogaciones con este mismo contrato y si me dicen esto hoy no firmaría el contrato, entendiendo que debería aplicarse a los contratos firmados a partir de la entrada en vigor de este convenio no antes puesto que perjudica seria mente a estos trabajadores, y el estatuto de los trabajadores dice que en caso de conflicto siempre prevalece el estatuto de los trabajadores al convenio colectivo, el articulo 44 dice claramente quien tiene derecho a subrogación. Muchas gracias por su ayuda.un saludo

En el año 2008 una trabajadora firmó un contrato de relevo al 85% de jornada un contrato temporal asta la jubilación ordinaria del prejubilado.En el 2012 el nuevo convenio decía que todos los contratos de relevo que tuvieran entre un 65% y un 85% deberían ser siempre indefinido.En el 2013 esta señora termina el contrato y denuncia por despido amparándose en que el convenio actual decía que los contratos como el suyo tienen que ser indefinido. Pero el juez le dio la razón a la empresa alegando que no se puede aplicar el convenio o este articulo con carácter retroactivo pues cuando la actora firmo el contrato esto no estaba vigente. Creo que es clarísimamente similar

Entiendo que no pueden aplicar el carácter retroactivo, y además llevo 4 años en el mismo sitio, nunca fui a otro sitio, decir que en mi puesto an puesto a otra persona nueva.

Entiendo que usted quiera que se aplique el artículo, pero por lo que dijo en el primer enunciado, le han hecho un despido objetivo. De cara a una readmisión sí que es interesante, pero en este momento su derecho solo lo puede hacer valer impugnando el despido como le comenté con anterioridad.

Ya sabe que los plazos son breves, no los apure.

¡Gracias! Lo entiendo por lo que me dice ese es el primer paso.la abogada del sindicato quiere denunciar a las 2 empresas en una sola denuncia para que el juez entienda que a raíz de la no subrogación estoy en la calle y pedir la reincorporación a mi puesto de trabajo.cree que tengo posibilidades?gracias por responder de verdad lo estoy pasando realmente mal pues con mi edad ya es difícil encontrar trabajo pues tengo casi 50 años.muy agradecido.

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