¿ Pueden prohibir la instalación eléctrica en un trastero?, el resto tienen

En un edificio, el cual los trasteros tienen instalación eléctrica para iluminación, salvo dos o tres en el edificio, no sé la razón. Uno de los propietarios afectados desea hacer la instalación eléctrica (pagando él) para tener las mismas comodidades que el resto de vecinos.

¿Tiene qué pedir permiso a la comunidad? Y sobre todo, ¿esta se puede negar a esta instalación básica?.

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Todo depende si la instalación toca elementos comunes o no. Lo que tiene que hacer es comunicárselo al presidente y/o administrador lo que quiere hacer y por donde lo va a hacer y ellos le indicarán si necesita o no permiso de la comunidad.

También habría que saber si la obra necesita licencia o no.

En este caso entiendo que sí tocará elementos comunes, en la misma medida que una instalación de telecomunicaciones los toca, lo que queremos saber es si una comunidad se puede negar a dar este servicio básico del cual disfrutan el resto de vecinos

No es un servicio básico la electricidad en el trastero, ya que la cédula de habitabilidad y la licencia de primera ocupación se la han dado sin tener luz en el trastero.

¿No es un servicio básico para él pero sí para el resto de vecinos ?

Nuevamente la reclamación puede hacérsela a quien le vendió el trastero, pero nunca a la comunidad, nuevamente le vuelvo a remitir a la contestación anterior.

Si usted lo compró así y estaba todo correcto en su momento no puede reclamar ahora algo nuevo ya que no tiene derecho sobre la comunidad.

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