Obras comunitarias en terraza de uso privado

Primero; felicitar a las personas que participan en este blog, por su naturaleza informadora.
Soy inquilino de una vivienda con terraza (unos 60m2) de uso privativo, pero que constituye parte de la cubierta del edificio donde se encuentra.
A raiz de problemas de humedades, la comunidad ha decidido impermeabilizar la terraza (instalar tela asfaltica y nuevo pavimento sobre el que está ahora).
La cuestión es que me voy enterando de manera informal, no me concretan cuándo comenzarán las obras (he de organizarme, por ejemplo con mis vacaciones) y me instan a que tengo que dejar la terraza despejada (he de meter en la vivienda decenas de maceteros y por un tiempo impreciso).

Agradecería que los profesionales en el ámbito me informasen:

– ¿Han de avisarme formalmente con un plazo de antelación?
– ¿Estoy obligado a mover yo mismo los maceteros?
– ¿Pueden decidir instalar la tela asfaltica y el nuevo pavimento sobre el que hay actualmente, aunque las puertas de paso a la terraza queden más bajas que el nuevo pavimento?
– Hay unas rejas instaladas entre las puertas de acceso a la terraza y la propia terraza, que habría que desinstalar y volver a instalar a mayor altura ¿a de cubrir el gasto el propietario de la vivienda o la comunidad de propietarios?
– ¿Pueden instalar el pavimento que decidan, aún si es de baja calidad o resbaladizo?

Cómo veis tengo muchas dudas que me gustaría me aclaráseis.

2 respuestas

Respuesta
1

A ver a qué cuestiones puedo responder...

– ¿han de avisarme formalmente con un plazo de antelación?

El propietario está obligado a consentir las obras que sean necesarias para el buen mantenimiento del edificio, así como permitir las servidumbres necesarias para realizar dichas obras. En su caso, si existen humedades por culpa de la terrraza comunitaria de uso privativo, el propietario deberá consentir que se realice la reparación y permitir el paso a la terraza. Si el paso sólo se puede realizar por su piso, deberá consentir dicho acceso (no sería necesario si se pudiera acceder, razonablemente, desde otro punto).

La Comunidad deberá ponerse de acuerdo con el propietario para la realización de la obra. Es decir, que podrán establecer de mutuo acuerdo las fechas en las que se realicen. Lo normal, tratándose de un piso alquilado, sería que el propietario se pusiera de acuerdo con Ud., de modo que se adaptara a sus preferencias, dentro de lo razonable (por ejemplo, para que no le afecte en sus vacaciones, pero que tampoco retrase innecesaria o indefinidamente la obra).

Por otra parte, la Comunidad está obligada a resarcir los posibles daños o perjuicios que ocasione. Por ejemplo, en caso de romper algo o, si fuera el caso, que no lo es, que el piso resultara inhabitable durante las obras, de forma que Ud. tuviera que abandonar la vivienda.
– ¿estoy obligado a mover yo mismo los maceteros?

En principio, no. Al propietario (o a Ud.) las obras no le deberían afectar más de lo estrictamente necesario, que ya es el hecho de no disponer de la terraza o de tener que almacenar enseres en la vivienda. Incluso esto último podría ser negociable (podrían almacenar macetas y muebles en un trastero comunitario o contratado al efecto).
– ¿pueden decidir instalar la tela asfaltica y el nuevo pavimento sobre el que hay actualmente, aunque las puertas de paso a la terraza queden más bajas que el nuevo pavimento?

No parece lo más indicado. Aunque pueda funcionar, el objetivo buscado parece ser únicamente la reducción de costes. Pero tal como comenta, acarrea varios problemas que, en mi opinión, el propietario no está obligado a asumir. Sin embargo, Ud. no puede hacer nada, salvo enfrentarse con el propietario. La Comunidad no responde ante Ud., sino ante él.
– Hay unas rejas instaladas entre las puertas de acceso a la terraza y la propia terraza, que habría que desinstalar y volver a instalar a mayor altura ¿a de cubrir el gasto el propietario de la vivienda o la comunidad de propietarios?

Cualquier gasto ocasionado por las obras debe correr a cargo de la Comunidad.
– ¿pueden instalar el pavimento que decidan, aún si es de baja calidad o resbaladizo?

Nuevamente, no parece lo más indicado y sólo se justifica por el coste. Pero deberá plantear su punto de vista al propietario.

Respuesta

1. Para contestarte a tu pregunta empezaría por la ultima: Lo mas conveniente sería levantar todo y rehacerlo nuevamente. Cualquier otra solución seguirá siendo "temporal" porque la experiencia nos ha demostrado que se debe buscar el origen de las cosas y de esa forma solo sería una tapadera para el problema. 2. No tienen que avisarte formalmente con un plazo de antelación, es a tu arrendador a quien deben informarle y éste a ti. 3. No estas obligado a mover los maceteros pues esa tarea le correspondería a quienes van a realizar el trabajo. Pero a veces ellos no son muy expertos en maceteros o tienen, por decirlo de buenas maneras, mala energía para las plantas y pueden morirse en pocos días por lo que si las estimas bastante deberás evitarlos sufrimiento para ellas. 4.Sí, la comunidad puede optar por cualquier solución y tu en ese caso no tienes ni voz ni voto porque eso es potestativo del dueño del piso y puedes dialogar con él sobre estos asuntos ya que él y solo él puede mediar ante la comunidad. 5.En cuanto al recorte de puertas, la instalada, desista-lada, cambio de posición, subirlas o bajarlas correrá por parte de quienes hagan el trabajo y tu no puedes hacer nada al respecto.

En consecuencia con todo lo enunciado estás obligado a aceptar todo lo que la comunidad decida. Alguna vez se le ha pagado un piso aparte para evitar las incomodidades de obras de tal envergadura con los habitantes de la casa porque lidiar con el polvo, el transitar de materiales y gente, entre otras muchas molestias. En el caso de permitir un cambio de residencia mientras duran los trabajos un vecino puede acogerte, tu encierras tus cosas en las piezas y llevas lo necesario.

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