¿Con incapacidad permanente total contributiva puedo pedir complemento a mínimos?

Tengo 50 años y cobro pensión 414 euros i.p.t. Desde marzo este año 2013, no tengo rentas ni otro ingreso mas que este. Soy legalmente divorciado pero pareja de hecho (papel que rellenamos ayuntamiento), ella tiene nomina 700 euros sin mas ingresos. ¿Me concederían complemento a mínimos? Y que cantidad económica se considera como el complemento mínimo, ¿quizás basado en el smi o iprem?

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Si estas cobrando una pensión de incapacidad permanente total y no tienes otros ingresos procedentes de alguna actividad laboral compatible con la IP al cumplir los 55 años tienes derecho a que te conceden un complemento cuya cuantiá es de un 20% sobre lo que estas cobrando de pensión, pero el complemento le tienes que solicitar tu mismo cuando cumplas los 55 años en la tesorería provincial del INSS porque si no lo solicitas la seguridad social tampoco te lo pagaría ya que no actúa de oficio. De todas formas para todo tío de cuestiones relacionadas con las prestaciones del INSS lo mejor es informarse directamente en la tesorería provincial del INSS.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/34941.pdf

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ok gracias,si ya sabia lo del 20% solo quería saber lo del complemento a mínimos en este momento ,pero según respuesta seguramente no.gracias iguamente.

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