EMBARAZO: Varias cuestiones

Hola. Estoy embarazada de 1 mes y medio, aún no he dicho nada en la empresa. Trabajo como secretaria de dirección, pero pertenezco al convenio de siderometal de madrid. Empecé a trabajar el 18 de agosto de 2008, y mi período de prueba es de 6 meses.
Primera pregunta: pueden echarme sin más al estar en período de prueba, ¿alegando qué no satisfago las necesidades del puesto?.
Segunda pregunta: Debería decirlo ya a mis superiores, puesto que empiezo a tener pruebas médicas prenatales, ¿o debería esperar? Claro que esperar 4 meses va a ser difícil de disimular...
Tercera pregunta: mi horario actual es de 9 a 14 y de 16 a 19, así que cuando tenga el bebé, no va a ser posible arreglarme de ninguna manera... Podría solicitar -sin reducción de jornada- una condensación de las horas, por ejemplo de 8:30 a 16:¿30?
Cuarta: en esta empresa, nunca hay jornada continua, ni en verano, ni los viernes tampoco. ¿Esto es correcto? ¿No es obligatorio en los despachos de oficinas?
Muchas gracias!

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En primer lugar el periodo de prueba es el que diga el convenio aplicable para tu categoría, por lo que si tu contrato establece un periodo mayor este sera nulo por estar en contradicion con el convenio que es de rango mayor. Digo esto por que si el periodo de prueba fuera menor según convenio(revísalo)y después del periodo de prueba te hicieran indefinida ya no te podrían despedir tan fácilmente, ya no estarás en periodo de prueba y el despido no podrá ser improcedente aunque si procedente disciplinario o por causas objetivas y en estos casos si demandas por despido la empresa tendrá que justificar las causas que los motivan y
si no existen esas causas les sera difícil justificarlas.
Pero respondiendo a tus preguntas:
1.En periodo de prueba cualquiera de las partes puede dar por finalizada la prueba sin prea-
Aviso ni indemnización.
2.Hay quien dice que sí es obligatorio decirlo, para que lo tengan en cuenta por la prevención de riesgos laborales. Pero no lo es. La Ley no establece la obligación de comunicar el embarazo en una fecha concreta. Pero si en tu puesto de trabajo existe algún riesgo para tu salud o la del bebé durante el embarazo, la empresa debe saberlo cuanto antes para que se adopten las medidas oportunas en materia de prevención de riesgos. Si lo comunicas por escrito y con una copia firmada por alguien responsable te blindas ante posibles despidos, pero puede que sea más prudente esperar a que se pase el período de prueba.
3.En principio la reducción te la tienes que hacer dentro de tu jornada ordinaria y donde tus funciones tengan sentido. Si la empresa se cerrara a mediodía seria muy difícil conseguir la reducción que pretendes, pero si podrías reducirte de 9 a 14 horas. Es cuestión de si la empresa sigue la actividad durante el periodo de 14 a 16 y tu puedas seguir realizando tu trabajo, aparte de justificar la necesidad de hacer ese horario por temas de horarios de guardería del niño, etc...
4.En principio la organización del trabajo corresponde al empresario sobre horarios y todo
lo demás por lo que si cumple los descansos previstos por la ley(entre jornadas, etc...)es
correcto el horario.
No olvide finalizar la pregunta sino tiene más dudas.
Muchas gracias. Sin embargo, aún tengo una duda respecto a la pregunta 1: el hecho de estar embarazada no haría del despido NULO aunque fuera en período de prueba, ¿por discriminación? Porque, desde luego, si me despiden, es por estar embarazada, esa es mi preocupación, que les venga al pelo echarme antes de ser un 'incordio', que es como nos consideran a las embarazadas y a las madres...
Efectivamente si se puede demostrar la sucesión causa-efecto, es despido nulo. Durante el periodo de prueba la empresa puede proceder a la extinción sin justificación ni explicación alguna de la relación laboral. No obstante, entiendo que si puedes probar que la empresa tenía conocimiento de tu maternidad podría demostrarse que actúo de manera discriminatoria y conseguir así la nulidad del despido. Ponte en manos de algún laboralista que te pueda orientar sobre el procedimiento a seguir en caso de que se produzca el despido.

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