Me pueden embargar teniendo un plan de pensiones

Para poder rescatar el plan de pensiones me exigen que esté más de un año en el paro ininterrumpidamente y no cobrar la prestación y en este momento debo dos recibos de la hipoteca en el mismo banco donde tengo el plan.
Llevo desde el 25 de enero de 2007 en el paro y cobrando la prestación. En marzo de este año estuve dado de alta en una empresa pero no pasé el mes de prueba y el 11 de abril volví al paro. Reanudé la prestación pero el 28 de agosto finalizó.
Me dicen que si llego a tres recibos devueltos pueden proceder al embargo aún teniendo dinero en el plan pero me comunican que no lo puedo rescatar por no estar los 12 meses en el paro.
¿Qué puedo hacer?
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Por partes,
Si debe tres meses, empiezan los problemas serios. Si es primera vivienda, se procederá a una reclamación extrajudicial, porque por la otra vía, si bien se cobra, es más largo y costoso.
Y si le pueden embargar.
Según ley, 12 meses SIN PERCIBIR ningún tipo de prestación. El paro es una prestación.
¿Y no hay nada que pueda hacer para recuperar el dinero del plan de pensiones aún pudiendo perder el piso o pasar penalidades teniendo ese dinero ahí?
Según las contingencias previstas en ley, 12 meses de trabajo ininterrumpido, enfermedad grave, incapacidad absoluta y permanente, dependencia y fallecimiento.
Hay que buscar trabajo de lo que sea. Y el plan de pensiones, considéralo una hucha para la vejez, así que no cuentes con él hasta entonces.
Cordiales saludos y buena suerte
Esto me ha servido para no fiarme de estas grandes empresas prestamistas que se hacen llamar bancos por que las verdades te las cuentan a medias. Si en su momento, a demás de decirme que en cualquier momento lo podía rescatar, me hubieran explicado las condiciones, seguro que no lo habría hecho y la mitad de los españoles tampoco. De todas formas te estoy muy agradecido por la información.

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