Para aprobar una derrama tiene que venir en la orden del día

En mi comunidad se ha aprobado una derrama que no venía expresamente como orden del día y según el administrador ya constaba al estar aprobándose pagos elevados, ¿es así? ¿No tiene que haber un punto que diga expresamente derrama a aprobar?

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Sin leer lo que dice exactamente la convocatoria ni a qué corresponde esa derrama, es difícil responder.

A ver, los puntos del día eran varios, unos diez, pero ningún punto del día hablaba de derrama, pero como en los puntos del día se hablaba de diferentes gastos que iba a hacer en la comunidad, como Abogados, electricidad, instalación de chapas, etc el administrador propuso una derrama para hacer frente a todos esos gastos, pero eh ningún punto del dia se nombraba la palabra derrama ni forma de pago ni nada. 

Es que no voy a poner aquí el orden del día, si hobiera un punto que hablara de derrama lo pondría pero no hay ningún punto que hablara de derrama. Los puntos de la orden del día no tenían nada que ver con derrama, solo aprobar gustos altos pero no sé hablaba de forma de pago ni mucho menos de derrama.

Es usted libre de publicar o no el orden del día, por supuesto. Pero sin poder leerlo, no se puede opinar con garantías. Todos sabemos que no se puede aprobar nada que no conste en el orden del día. Pero hay formas explícitas e implícitas para exponer asuntos. Por tanto, sin poder analizarlo, es atrevido afirmar que esa derrama es legítima o lo contrario.

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El sentido común debe prevalecer.

Si se aprueban diferentes puntos que conllevan unos gastos su ejecución y no existe dinero en la cuenta, ¿cuál es su propuesta para hacer frente a dichos gastos?

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I. Hola Compañer@s, perdonen de nuevo mi intromisión.

Madela, aunque vi que el experto Poli Plos le está atendiendo y únicamente soy lector, en esta mañana vi una serie de páginas a cerca de este tema que deseaba trasladarle con la esperanza de que tal vez pueda serle de alguna utilidad adicional. Disculpe por la manera de responderle. Ánimo.


https://www.apivirtual.com/puede-la-junta-de-propietarios-aprobar-un-asunto-que-no-este-incluido-en-el-orden-del-dia/ 

https://www.administracioneshenares.es/es-obligatorio-incluir-en-el-orden-del-dia-la-lectura-y-aprobacion-del-acta-anterior-y-en-caso-de-que-se-incluya-que-ocurriria-si-fuera-rechazado/

https://expertosenleyes.com/aprobacion-de-derramas-en-propiedad-horizontal-requisitos-legales-esenciales/ 

https://leberclan-administraciones.es/derramas-en-comunidades-de-propietarios/ 

https://cordonseguros.es/7-preguntas-clave-sobre-las-temidas-derramas/ 

https://blog.sepin.es/blog/2021/12/21/orden-dia-juntas-propietarios/ 


*¿Cómo se aprueban las derramas? Para que una derrama sea legal y obligatoria, debe ser aprobada en la Junta de Propietarios. La convocatoria de esta Junta debe incluir el orden del día detallado, explicando claramente la necesidad de la derrama, los presupuestos de las obras o gastos, y la forma de pago*

*Para que pueda aprobarse una derrama, será necesario que se incluya su debate y aprobación en el orden del día de la junta de propietarios, que podrá ser convocada con carácter ordinario o extraordinario*.


https://www.serviciosfincas.com/index.php/es/blog/cuando-es-obligatorio-pagar-una-derrama 

Claro, con esto ya se me está indicando que en mi comunidad se ha aprobado una derrama de forma ilegal porque en ningún punto de la orden del día venía la aprobación de ninguna derrama. 

I. Hola Madela, así parece ser pero no logro confirmarlo por completo :/ ya que el tema se bifurca, tiene diversas aristas y no existe, creo, una respuesta 'standard' o base, pero de manera inicial pienso que usted lleva razón: la derrama aparentemente está asentada en una ilegalidad o al menos en una .

Aunque por fortuna está recibiendo las respuestas de Verónica López Fuentes y Poli Plos, quisiera dejarle la información adicional que pudiese ver aunque parece complicado encontrarla por lo anteriormente mencionado. Mucho ánimo.

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