Disconformidad con la cuota de la comunidad de vecinos

Hace unos años compré un local en una pequeña comunidad de vecinos de 6 pisos y cuatro locales, el anterior propietario me dijo la cuota de comunidad que pagaba y me pareció bien.

El caso es que hace dos años me enteré que el resto de propietarios pagaban la misma cuota, independientemente del porcentaje de propiedad que tuviesen, excepto yo que tenía una cuota superior a pesar de ser el que menos porcentaje de propiedad tengo, ante lo cual manifesté mi disconformidad.

El caso es que la comunidad no quiere cambiar el sistema de cuotas, a pesar de que en el acta de constitución aparece que los gastos se prorratearan por el porcentaje de propiedad y que cuando se le adjudicó cuota a mi local en ese acta se dice que es en proporción a los enteros, cosa que no es así.

En ningún acta de la comunidad, de las pocas que hay, estipula ningún acuerdo para establecer el sistema actual de cuotas igualitarias.

¿Puedo reclamar que se modifique el sistema actual? Y si es así que pasos debo seguir.

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Remita un burofax al presidente solicitando una reunión para resolver el asunto, dado que la situación actual es ilegal. Tiene usted derecho a pagar por coeficiente, como establece la ley. Incluso si la comunidad hubiera aprobado el pago a partes iguales, al no haber inscrito el acuerdo en el Registro, a usted no se le podría exigir el pago a partes iguales. Pero lo de su caso ya es el colmo: todos pagan de una forma y usted de otra, siendo el único a quien perjudica es forma. Si hacen caso omiso, deberá recurrir a un abogado para judicializar el asunto.

¡Gracias! Así lo haré.

En caso de que no atiendan mi solicitud, ya llevo mucho tiempo quejándose en las juntas y nunca han aceptado ni siquiera pagar todos por igual, no sé si me puedes orientar sobre el coste económico  que puede tener el judicializar el asunto.

Tiene usted todas las de ganar, tal como describe la situación. Hable con un abogado. Y que pida condena en costas a la comunidad, para que sea ésta la que asuma los gastos judiciales (siempre que los honorarios de su abogado sean razonables).

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