¿Puedo tener la puerta de mi casa entreabierta debido al calor? Vivo en un edificio de tres propietarios en cada planta.

Vivo en un edificio de tres vecinos por planta, y los dos que viven en la mía se me han quejado porque tengo la puerta de la calle entreabierta. Ya les he dicho que es porque corre más el aire, ya que hace mucha calor, y me han contestado que está prohibido y que me ponga un aire acondicionado si tengo calor, o llamarán al administrador. ¿Me pueden decir quién tiene la razón?.

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A pesar de que no haya ninguna ley que prohíba explícitamente dejar la puerta de su vivienda abierta, debería considerar si el hecho de hacerlo provoca molestias a sus vecinos en cuanto a nivel de ruidos, olores, etc., porque, de ser así, ellos sí podrían tener motivos para reclamarle por ello, tanto en base al artículo 7.2 de la Ley de la Propiedad Horizontal como en base a la normativa municipal de su Ayuntamiento.

En mi caso, ni produzco olores de comida o de algún otro tipo que pueda ser molesto, y, además, respeto mucho los horarios y los volúmenes de aparatos eléctricos, ya que cualquiera  que pueda utilizar lo pongo al mínimo. Con esta aclaración, ya dejo caer que no se trata de que por dejar mi puerta entreabierta, que ni siquiera la tengo abierta del todo, pueda crear una molestia a nadie, si no es por algún otro motivo, bien sea estético o personal. 

Si, como usted indica, el hecho de dejar la puerta semiabierta no ocasiona molestias objetivas y demostrables, como podría ser el tema del ruido, no se preocupe demasiado y espere acontecimientos. Lo de que está prohibido se lo han dicho únicamente para presionarle.

3 respuestas más de otros expertos

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Mandalos a paseo. Ninguna ley puede obligarte a cerrar la puerta.

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Pues dígales que mejor es que llamen a la policía.

Mandeles donde usted sabe y que aquí no se puede decir por educación y porque el olfato sale perjudicado

Y que le digan donde está prohibido, que cuando usted lo vea que por supuesto cerrará su vivienda, porque entiendo que es la puerta de su vivienda y no la puerta del edificio como usted indica.

¿Qué puerta es?

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Mándalos a freír moscas siempre y cuando cumplas las normas comunitarias en cuanto a efectuar acciones contrarias a la sana convivencia entre vecinos.

Pero andar en paños menores a la vista de los vecinos si va en contra de las normas comunitarias

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