Se pueden pagar dietas a un trabajador sin justificarlas

Quiero saber si en el caso de que se le paga a un trabajador el importe de dietas de comida que marque el convenio colectivo, tiene que traer el trabajador los justificantes de ticket o facturas. Porque si le dices por ejemplo tienes 40€ para dieta completa y luego el trabajador prefiere llevarse un bocadillo, y ese dinero se lo queda él, ¿se podría hacer? Es que a veces he escuchado esto y entonces entiendo que no hay que traer los ticket, pero entonces la empresa no tiene justificantes de los gastos .No se cual es la forma correcta de dar las dietas a los trabajadores .

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Se puede pagar una dieta diaria sin pedir facturas justificativas del gasto al trabajador. La justificación para la empresa es el ingreso que se hace el trabajador en ese concepto. Hay un máximo diario exento en el IRPF del trabajador (para evitar pago de salario encubierto como pago en especie, que está exento), en concepto de manutención, dentro de España, de 26,67€ si no hay pernocta y de 53,34€ si hay pernocta, gastos de estancia (hotel) y locomoción (kilometraje, con máximo de 0,19€/km exentos) aparte. Ver https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2016/_Ayuda_Modelo_100/7__Cumplimentacion_IRPF__I_/7_2__Rendimientos_del_trabajo_personal/7_2_1__Rendimientos_integros/7_2_1_2__Dietas_y_gastos_de_viaje/Asignaciones_para_gastos_de_manutencion_y_estancia/Asignaciones_para_gastos_de_manutencion_y_estancia.html

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