Se puede, por los acuerdos entre compañías aseguradoras culpabilizar a la parte inocente en un accidente de tráfico?

Al girar un vehículo a la derecha para aparcar en batería, una moto que va rebasando a todos los coches por la derecha, impacta contra el vehículo que ha girado. Habiendo atestado policial que dice claramente que la moto estaba rebasando por la derecha, ¿puede la compañía declarar culpable al vehículo que hace la maniobra correctamente alegando sus convenios y no reparar el vehículo accidentado?

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Definitivamente NO!

Los convenios solo sirven para agilizar la tramitación de los daños materiales en los siniestros de Auto.

Te dejo un enlace a mi Blog donde explico un poco el famoso tema de "los convenios entre compañías"

https://mcsegurosblog.wordpress.com/2018/01/19/convenios-entre-companias-que-son-y-para-que-sirven/ 

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Las aseguradoras no son contrarias a la Ley. Es más, en muchos casos y a pesar de que alguna vez resulte molesto, son garantes de su cumplimiento. Recuerdo un caso contestado en este foro de un tomador muy enfadado porque quería anular una póliza de autos y le exigían la baja en trafico... por ejemplo

Si la moto circulaba incorrectamente, existe atestado policial que lo acredite, entiendo que hay informes pericial que lo corroboran, lo que comenta no es nada LÓGICO y lo tendrá ganado.

Dicho esto, hay aseguradoras que, sabiéndose culpables, dilatan la aceptación de la reparación aludiendo a las escusas más leoninas (no coincide la matricula, hay un error en el numero de la póliza, estamos esperando aceptación por parte del asegurado...) Lamentablemente esto es mucho más frecuente de lo que se cree. Y, solo nos enteramos cuando nuestro coche esta a terceros y nuestra aseguradora nos informa de todo, quizá por la propia demora en la reparación

Los famosos partes "amistosos" ayudan a que la parte contraria acepte antes su "culpabilidad". Si su coche está a todo riesgo, será su aseguradora la que repare y entraran los famosos acuerdos entre aseguradoras, si lo tiene a terceros hay que esperar a que la otra aseguradora de "compromiso de arreglo" y, si lo tiene a todo riesgo con franquicia, es un mix de ambos aunque algunas aseguradoras te aconsejan reparar pagando tu la franquicia y, cuando se acepte por la contraria, devolverla.

Su aseguradora deberá reclamar a la aseguradora contraria y estoy convencido que lo está haciendo y lo que le han comentado es lo que la contraria está diciendo. Aquí el problema, como siempre, es de dinero y curiosamente las aseguradoras "lowcost/internet" juegan con el dinero de las reparaciones de esta manera.

EL plazo para la aceptación no está claro y suele ajustarse a cuando la indemnización entraría en costes de mora. Si están en ese proceso, pueden estar dilatando la reparación un mes o mes y medio...

Entiendo que su póliza contempla reclamaciones entre compañías, revíselo por si acaso pero es importante que se asegure si lo que nos indica son las palabras de su aseguradora o la respuesta de la contraria. Ya ve que no es lo mismo.

Por último, y como siempre digo, contrate los seguros con la intervención de un Agente o Corredor de Seguros que tienen la obligación del acompañamiento de los siniestros y puede ayudar a reclamar la pronta solución. Otros mediadores, tienen igualmente esta obligación pero no la cumplen.

¡Gracias!  Precisamente está en manos de un corredor. Lo que más nos enfada es la tardanza y la dejadez por parte de éste

De nada, es un placer.

Mucha suerte e insiste, lamentablemente no hay otra

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No los convenios recogen lo que dice el código de la circulación y la práctica en los juzgados.

Hay que tener en cuenta que cuando se hace un giro, en una calle o para aparcar hay que estar seguro que se puede hacer ese giro. Lo entenderás si en vez de una moto, pones un niño.

Aún así este es un siniestro en el que lo importante es como se haya rellenado el parte. Y siempre está la opción de acudir a la vía judicial.

Gracias Angel por la respuesta. Cuando se empezó el giro, la moto no estaba. Apareció de la nada a gran velocidad por la derecha, y no quiso firmar el parte amistoso. Lo único que quería era levantar la moto y continuar su reparto de comida rápida. Por eso tuvo que intervenir la Policía Local que hizo atestado. Atestado que, curiiosamente la compañía del vehículo aún ni ha visto, a pesar de haber transcurrido casi 2 meses, y basándose en un informe de la compañía de la moto que deja claro que, la moto rebasaba por la derecha y que no es un informe definitivo, ya que éste puede ser modificado, no asumen la culpa. Por lo que la compañía del coche ni pelea. Directamente lo pasa al departamento juródico para estudiar la viabilidad de iniciar procedimiento judiial. 

Claro, el problema es demostrar si el coche había girado antes de que llegará la moto, o la moto estaba antes de girar. Es un matiz tan complejo de descifrar que es complicado acertar si no existe un atestado que lo aclare (y no debe existir salvo que hubiera lesiones, lo que habrá será un registro más o menos completo de la policía donde se recogen las versiones y no que creo que haya juicio crítico por parte de los agentes).
Te adelantaré como tu compañía "va a ayudarte"... te pedirán testigos que quieran ir a juicio, y como no habrá... el tema se termina aquí... :(

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Si no existe parte firmado por el contrario, las compañías van por las normas de tráfico. Por eso entiendo que hasta que no se demuestre lo contrario, su cia, entiende que es culpable.

Imagino que tendrá en al póliza, elección de abogado para reclamaciones, ¿no?

Use esa garantía si su compañía no le esta respondiendo como cree que debería.

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Las compañías no imputan a un inocente.

Más bien hay que tener cuidado cuando se hace un cambio de dirección o manobra de aparcar.

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