¿Información de prestación por desempleo?

Necesito si me pueden ayudar en mi caso, acabo de regresar a España después de haber residido en el extranjero por 4 años (fuera de Europa), antes de marcharme había trabajado en una empresa por 12 años, esta semana fui a sepe a apuntarme y pedir información de si tenía derecho a cobrar la prestación por desempleo, antes de ir hice un cálculo en la web de sepe y no coincidía con lo que la señora que me atendió en sepe me dijo, también me dijo que al llevar esos 4 años sin cotizar tendría que trabajar al menos un día para poder cobrar la prestación, la pregunta entonces es, ¿me pueden aclarar algo más sobre mi caso y si realmente tengo que hacer lo que me dijo la señora de sepe y cuanto tiempo tendría derecho a la prestación?

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Pues te han informado bien. No debería ser así, ya que todo trabajador tiene 15 días para solicitar el desempleo, transcurrido dicho plazo, lo puede solicitar, pero los días transcurridos del 15 en adelante, se te descontarán. Pues bien, lo lógico sería que si te vas a trabajar al extranjero, ese plazo se interrumpiera. Pero no es así.

Sin embargo no te han mencionado en el SEPE, es que tienes derecho, si trabajaste mientras residías en el extranjero, como emigrante retornado, al :

Subsidio de desempleo para retornados

Es un subsidio para emigrantes españoles que han trabajado en el extranjero al menos doce meses en los últimos seis años (desde su última salida de España) y retornan definitivamente sin empleo y sin ingresos, pero con intención de trabajar. En caso de que el Servicio Público de Empleo Estatal no le encuentre empleo, le comenzará a abonar el subsidio. Además, se cubre la sanidad del retornado y sus dependientes.

La duración es de seis meses, pero se puede prorrogar dos veces por otros seis meses cada una, con lo que la duración máxima total es de 18 meses. Asciende a un máximo del 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Una vez en España, en las dos primeras semanas, y después de empadronarse, debe inscribirse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE – antiguo INEM) como emigrante retornado demandante de empleo. Después de la inscripción y para acceder al subsidio, tendrá un mes para obtener el Certificado de Emigrante Retornado.

Gracias por su respuesta, tendré en cuenta lo de esa ayuda. ¿Lo qué me gustaría saber en definitiva es si es necesario trabajar un solo día en mi caso particular para cobrar la prestación por desempleo o puedo prescindir de trabajar ese día? Si no lo trabajo, ¿igualmente tengo derecho a la prestación? Si esta última pregunta es afirmativa, ¿cuál sería la diferencia en cuanto a la remuneración y el tiempo entre los dos casos? Gracias

Pues mira lo que he encontrado, ni la señora del SEPE, ni lo que yo creía hasta ahora, es así.

Emigrantes que han retornado y que cotizaron en España antes de emigrar

Lo alarmante es que la señora del SEPE no lo supiera, ni molestado en buscarlo o preguntarlo. Así que si puedes solicitar la prestación contributiva por desempleo, al haber cotizado 12 meses antes de emigrar, y siempre y cuándo no haya transcurrido mas de 6 años desde esa cotización.

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Como bien te indican Mario, han olvidado mencionarte que puedes optar a ayudas para emigrantes que retornan a España. Puedes encontrar más información en el siguiente enlace: https://infovidalaboral.com/ayudas/emigrantes-retornados/

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