Irregularidades en herencia (mala fe?)

Mi abuela tenía una finca en propiedad. Tuvo 4 hijos, todos fallecidos. Dos de ellos no tuvieron descendencia. Los otros dos sí; 5 (yo soy una de ellos) y 1 hijo respectivamente. En el registro consta la finca a nombre de mi primo. No sé qué título tiene que le acredita como propietario, ¿pero en cualquier caso nosotros también lo somos no?. ¿Prescribe la acción para reclamar nuestra parte? A partir de cuándo se cuenta: muerte de la abuela, ¿del padre...? ¿Dónde habría que ejercitarla?.

2 Respuestas

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto. Estas cuestiones son muy complejas y las prescripciones también.

Como indica que es una finca, entendemos que no esta inscrita en el registro, solo en el catastro... y esto suele pasar mucho.

También hay que saber si se hizo algo con la herencia de la abuela... o se ha de hacer ahora.

Como norma general, para reclamar una herencia hay un plazo de treinta años. Pero hay que estudiar el caso concreto.

Respuesta
1

Pidiendo la Nota Simple extensa en el Registro de la Propiedad podrán ver el título, y si ven algo raro pueden contratar un abogado y poner una demanda. Otra opción es vender su parte de la herencia en https://vendoinmueble.com le hacen una oferta gratis y sin compromiso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas