Problema con parcela y registro de la propiedad

Lo primero quiero agradecerle el tiempo que dedica a personas como yo, muchas gracias de antemano. Saludos
Le explico:
- Mi abuelo falleció hace 18 años, tenía en propiedad varias parcelas pequeñas y alguna cuadra para animales, en su pueblo natal llamado Masegosa, en la provincia de Cuenca. Mi abuelo no hizo testamento y sus hijos, entre ellos mi padre ( son 7 hermanos) se repartieron las propiedades sin problema.
En la repartición de propiedades a mi padre le tocaron 2 pequeñas parcelas de terreno y una pequeña fragua. Tenemos las referencias catastrales y los planos de las parcelas y también pagamos el IBI de la fragua de la cual también tenemos la referencia catastral.
El problema viene porque no sabemos si estas propiedades están escritas en el registro de la propiedad, no tenemos documentos y tanto el catastro como en el recibo del IBI vienen a nombre de mi abuelo (fallecido hace 18 años)…
El problema es que queremos delimitar las 2 parcelas y vallarlas y ahí viene el problema porque no sabemos donde empiezan y donde acaban, sí tenemos una idea aproximada por toda la información que viene en el catastro pero con exactitud no lo sabemos y no queremos tener problemas con el dueño de la parcela de al lado por el tema de la linde etc… por eso lo ideal es que estuvieran registradas pero creemos que no lo estarán.
Lo que he averiguado es que el registro de la propiedad que corresponde al pueblo de mi abuelo (Masegosa) está en otro pueblo de Cuenca llamado Huete.
Las preguntas son:
-¿Cómo puedo saber si tanto las 2 parcelas como la fragua están inscritos en el registro de la propiedad a nombre de mi abuelo?
La única información que tengo de las parcelas es: zona las cruces, polígono 9 parcela número 201 y 173 metros cuadrados. Pero no viene la calle ni nada porque en realidad no hay una calle como tal en la parcela. ¿Tendría qué pedir una nota simple o no?
De la fragua sí tengo la calle y el numero etc… además pagamos IBI pero de las parcelas no pagamos ningún impuesto aunque esta todo a nombre de mi abuelo.
- ¿Si no están registradas las propiedades que podemos hacer? ¿Cómo las podemos registrar a nuestro nombre?
- ¿Cómo podemos delimitarlas y vallarlas sin tener lo del registro? Sólo tenemos lo del catastro y en el ayuntamiento del pueblo no tienen más información, solo lo del catastro y no queremos tener problemas con el de la parcela de al lado.
- ¿Habría qué contratar a un topógrafo? ¿Sería suficiente con la información del registro?

4 respuestas

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Para saber si las fincas están inscritas en el Registro de la Propiedad, lo que debe hacer es solicitar en dicho Registro el listado de propiedades que aparezcan inscritas a nombre de su abuelo, para así poder salir de dudas.
En caso de que no estén inscritas, el proceso de inscripción puede ser de dos formas:
- Mediante un expediente de dominio, que es un proceso que se puede hacer a través del Juzgado o de la Notaría correspondiente.
- Mediante la inscripción por doble título traslativo, es decir, se inscribirían en el momento que se otorguen dos escrituras, con carácter traslativo, de las mismas fincas, y coincidiendo con la descripción catastral que poseen (por ejemplo hacer la herencia de su abuelo
y luego que su padre se la transmita a sus hijos, o las venda a un tercero, o el día que ustedes hagan la herencia de su padre).
En cuanto al problema de delimitarlas, lo mejor es, con la superficie y linderos que tienen del Catastro, ponerse en contacto con los colindantes, para ver si ellos tienen claros los límites, o éstos están establecidos por algún tipo de marcas, mojones o cualquier otra forma de delimitarlo.

hola de nuevo, me podría aclarar que si mi padre y sus hermanos hacen la herencia de mí abuelo, tendrían que pagar mucho de impuestos? lo digo porque mis abuelos no tenían mucho dinero y solo algunas tierras de poco valor en el pueblo.

Y si hacen la herencia y son 7 hermanos como se sabe que esa propiedad se la queda mi padre y no el resto de hermanos, luego mi padre el mismo día de la herencia me la podría donar a mi? y así finalmente la pondría yo a mi nombre y la inscribiría en registro, es así?

La donación es costosa?

saludos

Como su abuelo falleció hace más de 5 años, el impuesto de sucesiones está prescrito, lo que les ocasionaría sería una plusvalía en renta, y una plusvalía municipal si hubiera fincas urbanas en la herencia, además de gastos de Notaría.

Efectivamente, si hacen la herencia de su abuelo y posteriormente la donación de su padre a usted, esa escritura podría tener acceso al Registro de la Propiedad, calcule de gastos de esa donación, muy aproximadamente en torno a un 13-15% del valor de los bienes.

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Plantea usted un tema complejo, sobre el que opinar puede ser arriesgado ya que no dispongo de suficiente información. No obstante, voy a intentar darle una serie de pautas:

- El primer paso consiste en acudir al Registro de la Propiedad y hacer la consulta allí, directamente. Si hay fincas a nombre de su abuelo, aparecerán. Si no hay fincas inscritas, le harán, si lo pide, un Certificado que así lo acredite (más adelante lo necesitará).

- Con la información catastral, sus conocimientos, testigos, vecinos, etc., debe intentar delimitar las parcelas con ayuda de un técnico (arquitecto, topógrafo, alguien con experiencia en estos temas).

- El paso siguiente, si no están inscritas, consiste en iniciar un expediente de dominio para primera inmatriculación (es decir, para inscribirlas por primera vez).

Todos estos trámites son complejos y debe realizarlos de la mano de un abogado especialista en este tipo de asuntos, pues de lo contrario se arriesga a perder tiempo y dinero.

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-¿Cómo puedo saber si tanto las 2 parcelas como la fragua están inscritos en el registro de la propiedad a nombre de mi abuelo?

Tienen que ir personalmente al registro de la propiedad de Huete para hacer la consulta, llevando consigo todos los datos existentes. Sería también conveniente que pidieran una fotocopia de la inscripción (si la hay), ya que la necesitaran para las mediciones que quieren hacer.

Cuando hicieron el reparto de la herencia, se hizo una escritura donde figura la finca que se adjudicó a su padre, con ese documento ya es suficiente la inscripción en el registro si la finca consta allí inscrita.

En caso de que no esté la finca inscrita en el registro, tendrán que hacerlo, aportar las mediciones oficiales, recibos de los impuestos y toda la documentación que se les solicite. Igualmente pueden aprovechar la consulta al Registro de Huete para que les faciliten toda la información a este respecto.

¿Cómo podemos delimitarlas y vallarlas sin tener lo del registro? Sólo tenemos lo del catastro y en el ayuntamiento del pueblo no tienen más información, solo lo del catastro y no queremos tener problemas con el de la parcela de al lado.

En caso de que la finca no conste inscrita en el Registro de la propiedad necesitan contratar los servicios de un Ingeniero Técnico Topográfico. Algunos de ellos también hacen los tramites registrales.

¿Habría qué contratar a un topógrafo? ¿Sería suficiente con la información del registro?

Si la finca está registrada, para ponerla a su nombre bastará con que presente la escritura de aceptación de herencia.

Realmente no se hizo escritura de herencia, por eso en el catastro viene a nombre de mi abuelo. Se repartieron las pocas parcelas que tenia mi abuelo a viva voz en una reunión de los 7 hijos. Lo normal es que no este inscrita en el registro. ¿que puedo hacer en esta situacion¿

Si la finca está inscrita en el registro de la propiedad a nombre de su abuelo, tendrán que hacer el trámite que no se hizo en su día, es decir hacer una declaración de heredero, aceptar la herencia y distribuirla. Es un tramite notarial, por lo que debe dirigirse a un notario de su localidad.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto y les ayude con esta cuestión, que necesita de estudiar mucha documentación y decidir como se realiza, pues hay varias formas... Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web, trabajamos con toda España.

Normalmente en los pueblos pequeños, este tipo de fincas, no se registraban en el Registro de la Propiedad, solo en el catastro, pero en cualquier caso, ustedes pueden personarse en el registro de la propiedad y localizar las parcelas, para ver la titularidad, si la tienen... pues pueden estar in-matriculadas.

Si en el catastro figuran a nombre de su abuelo, es posible que no se realizara la herencia, por lo tanto, esa cuestión, habría que estudiarla y hacerla, para poder cambiar el nombre en el catastro... los planos catastrales no son exactos, y dependiendo como este, puede que les resulte necesario un estudio de un profesional que le realice planos, para solucionar la situación catastral y registral.

Los procesos para matricular una finca en el Registro de la Propiedad, se pueden hacer de diversas formas, pero dependerá de muchas circunstancias, por lo tanto, le recomendamos nuevamente, se pongan en manos de un profesional, pues suele ser necesario acudir a los juzgados.

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