La gestoría del banco me envía la provisión de fondos a 15 de noviembre 2018

¿El desglose de la provisión de fondos hace un total de 8.856€ quién paga este dinero?

¿Yo cómo comprador o el Banco?

Aparte está la tasación y el seguro de hogar que pago yo como comprador.

Además pone: solicita la tramitación de la plusvalía ¿Qué debo poner Si o No?

Si me podéis ayudar con este tema pues lo agradecería.

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Además de lo indicado por el compañero, la plusvalía municipal le corresponde al vendedor, pero es una cuestión necesaria para realizar la inscripción registral y si usted compra con hipoteca, es muy habitual que tenga que encargar a la gestoría esta tramitación para que el banco se garantice la inscripción registral.

¡Gracias! 

Mi pregunta a parte de la plusvalía que ya me han contestado y agradezco, es referente al Real Decreto-Ley 17/2018 de 8 de noviembre

Donde se modifica el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados del Real Decreto anterior.

En el desglose en la parte de compraventa me han puesto en la parte de hacienda 4.875€ ¿debo pagar este impuesto?

¿Y los gastos de notaría?

¿Qué debo pagar realmente como comparador?

Este decreto se refiere a los impuestos en relación a la hipoteca, no a la compra o gastos notariales... que le corresponden a usted.

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Si la gestoría le pide a usted dinero, nada tiene que pagar el banco de esa petición. Si usted no quiere encargarse de tramitar el IITVU (plusvalía municipal) ponga SI, si quiere tramitarlo usted ponga NO.

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