Cuando me puedo negar a pagar la cuota de una derrama de la comunidad

¿Qué pasos debo dar para negarme a pagar una derrama por unas obras que no son estrictamente necesarias y por las cuales llevan años pidiendo dinero y se terminan gastando en otras cosas?

3 Respuestas

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Pues no podrá hacer nada, si usted no estuvo de acuerdo con ella, debió impugnar el acuerdo cuando se aprobó.

Se aprobó en junta una derrama y todos los meses se gira un recibo, eso no es pedir dinero.

En junta deberá solicitar explicaciones al administrador de las afirmaciones que usted indica

Respuesta
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Discrepo con las respuestas dadas. Depende del tipo de obras del que se trate y de su coste.

Si, como usted dice, no son obras necesarias, sino mejoras prescindibles, puede usted negarse a pagar si:

- Votó en contra en la reunión, si asistió, o se opuso a sumarse al acuerdo, mediante un escrito al secretario, en los 30 días posteriores a la reunión, si no asistió

- El coste de las mismas supera el importe equivalente a las 3 cuotas ordinarias de gastos comunes

Esas obras, además, tuvieron que ser aprobadas por una mayoría de las 3/5 partes de propietarios y cuotas de participación.

Vea el detalle de lo descrito en el artículo 17.4 de la Ley de la Propiedad Horizontal.

Respuesta

Voy a ser muy breve: nunca. Se supone que la derrama fue aprobada en su día en una reunión del condominio.

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