Cuota extra aprobada sin mayoría

Hace unos meses os consulte si era legal aprobar una derrama con cuota LíNeal donde yo me opuse pues tenía que ser por coeficiente ya que según me comentaste is una vez me podía negar por no ser obras urgentes como cambiar la puerta de un portal, pintar la escalera, poner un vinilo es el suelo del ascensor o cambiar las lámparas de la escalera cuando había una obra urgente que era arreglar el patio comunitario que dañaba mi vivienda. En febrero se aprobó dicha derrama, con mi negativa que la administradora en el acta omitió ( la reunión se grabo pero por más que le pido esta no me la da). En ese acta no se le da potestad al presidente para que realice dichos arreglos sin que los demás vecinos veamos las presupuestos y se aprueben y es lo que ha hecho . Ha contratado lo que ha querido lo ha puesto y lo ha pagado y nadie ha visto presupuesto antes . Ella dice que si lo tiene pero no se presentó en junta ni está en acta su aprobación para su colocación ¿es esto legal? Yo me he negado a pagar esa derrama pues veo un tongo brutal y un abuso de la presidenta en poner lo que ella quería a su gusto sin consultar. ¿Puedo negarme a pagar lo? El único presupuesto que han enviada ha sido el del patio y encima esta hecho en un folio mal realizado sin membrete de empresa ni nada . Vamos como si lo hubiera hecho yo y encima ella lo aprueba para que se ejecute la obra son consultar con el resto de vecinos .

He seguido vuestros consejos y he ido a un abogado donde promero me dijo que todo era ilegal y hoy después de varios meses de gastos en el me dice que es mejor que pague y como ha pasado tiempo que no me meta en pleitos porque perderé ya que ellos tienen intención de reclamar esa derrama judicialmente .

Estoy muy desconcertado y si conocéis alguien en Sevilla os lo agradeceré pero que sea serio si es que vuestro consejo es diferente al de él, después de varios meses perdiendo el tiempo y el dinero.

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En su mensaje hay diversas preguntas. A ver si podemos responderlas todas.

Para empezar, el asunto dice "Cuota extra aprobada sin mayoría", pero luego dice "en febrero se aprobó dicha derrama", apuntando que usted votó en contra y que su voto no consta en el Acta. Mi pregunta es: ¿Si se hubiera contabilizado su voto, se habría alcanzado el acuerdo? Si es así, dicho acuerdo es válido (aunque pueda ser contrario a la legalidad) mientras no sea impugnado. Por tanto, si usted considera que el acuerdo es ilegal, debe impugnarlo y tiene un año para ello.

En cuanto a la actuación de la Presidenta, si es como usted dice (totalmente en contra de los acuerdos explícitos de los vecinos), deberían plantearse seriamente si les conviene emprender acciones legales en su contra. Si se acuerda que no está capacitada para iniciar unas obras sin haber presentado unos presupuestos ante la Junta de Propietarios, no puede hacerlo y se le pueden exigir responsabilidades legales por ello.

Aparte, les aconsejaría que la destituyeran cuanto antes y nombraran nuevo Presidente.

Muchas gracias siempre es un placer recibir noticias suyas.  

Somos 4 vecunos mitad contra por lo que entiendo no hay mayoría pero en el acta se refleja mayoría.  Todo lo que les interese hacer para su conveniencia se hace y se paga .Ellos alegan que se aprobó dicha derrama para gastar ese dinero y así lo han hecho . Destituir la, ojalá, pero somos 2 contra 2 por lo que no podemos o eso yo entiendo por lo que tampoco a la administradora.  Su mandato se acaba y nos tocaría a mi vecina o a mi pero como estamos impagadas ante esta derrama no podemos. 

Yo no  me niego a pagar arreglos en el edificio pero con coherencia y actos legales sobretodo no de esta forma tan golf a.  

Por lo que deduzco de su lectura entiende igual que yo que esto es un atropello de mandato. Al no estar aprobado dicho presupuesto x la comunidad , el haber realizado su ejecución y cambio , y haber pagado a su criterio ¿ se le podría exigir que estos gastos sin aprobar presupuesto los tuviera que pagar ella y reponer ese dinero en Comunidad ? En ningún acta posterior esta aprobado presupuesto o ejecución de esas obras pero se han hecho .

En efecto, si no eran obras exigibles según el artículo 10 de la LPH (aquéllas que son obligadas para mantener el adecuado estado de conservación, así como las condiciones de habitabilidad, seguridad, etc.), es necesario que exista un acuerdo de Junta, alcanzado por la mayoría que corresponda (simple, 3/5 o unanimidad, según el caso). Tal como usted lo describe, ese acuerdo NO EXISTE, puesto que hubo dos votos a favor y dos en contra. Por tanto, no se pueden realizar las obras.

El problema es que en la documentación de la Comunidad (falseada, tal como usted lo describe) consta que ese acuerdo sí se tomó. ¿Consta la mayoría alcanzada? ¿Se supone, según el Acta que usted votó a favor?

Si es así, usted no puede simplemente negarse a participar, porque se lo van a reclamar. Es más, tampoco podría acogerse al artículo 17.4 por el que, si se aprueba una mejora no exigible, y el coste de la misma supera el equivalente a 3 mensualidades, quien haya votado en contra no está obligado a pagar.

En su caso, el problema va ser poder demostrar que están falseando las Actas y aprobando acuerdos de forma ilegal.

Claro ese día se grabo la reunión como esta última pero por más que le exigimos el audio no lo entregan dan largas y largas y no hay forma . El abogado al que acudimos en un principio nos dijo que todo estaba mal como usted y que el as encargaría de pedir el audio y de arreglar todo pero hano pasado 4 meses y ahora se descuelga diciendo que pague a la comunidad y me deje de problemas esto lo podía haber dicho antes pero claro no hubiera cobrado lo que ha hecho.

Esto es increíble por donde hay justicia ? Siempre tienen que ganarra los estafadores ?

Entonces para que asistir a las reuniones si de todas formas habiendo personas ladrones, estafadores, etc... que luego falseando las.actas donde los vecinos nos quedamos indefensos ante cualquier acuerdo que sea contrario a ellos. 

Resulta lógico que no les den el audio. Ese audio no les sirve de nada, puesto que obra en poder de quien falsea las Actas.

Lo que deben hacer es grabar ustedes mismos las reuniones, de forma que tengan ustedes en su poder una prueba de lo que sucede realmente en las juntas, para así poder demostrarlo en caso de que el Acta no se ajuste a la realidad.

Buenos días.

Ha sido la nueva reunión tal y como me indicaron así actúe intente grabar yo la reunión y no me dejaron dijeron que solo grababa la administradora y está por supuesto dijo que según el art. De no se donde ( seguro inventado ) solo podía grabar ella . 

Ahora resulta que el próximo día 5 me tocaría a mi asumir la presidencia ¿ es obligatorio tener que seguir con la misma administradora ? O yo puedo destruirla? Puedo hacerlo yo sola o tengo que ser aprobado por estos mafioso? Claro está para esto tengo que estar al corriente de pago de esas cuitas extras ilegales .

¿Es normal que a la reunión asista el matrimonio y hablen todos gritando x lo que no puedes ni opinar pues entre los 4 en lugar de 2 no te dejan ni hablar? Tenia entendido que podian asistir a la Junta varias personas pero solamente una es la que habla para evitar este descontrol pero como la administradora dic e que todo es correcto. 

Lo he consultado con varios abogados pero creo que ellos ven esto una pena de vecinos y pasan del tema.

Usted puede grabar la reunión, dado que participa en ella. Nadie se lo puede impedir. Ni siquiera tiene que avisar de ello.

Usted no puede cambiar de administrador. Es una decisión que toma la comunidad.

Por fin gracias a su estimada ayuda he conseguido que se realice una reunión donde tengan que revisarse los presupuestos de las mejoras del edifico, obras que ya se realizaron y que su presidenta aprobó bajo su criterio con cargo a la cuenta de la comunidad sin que ningún vecino aprobará ni su ejecución ni la empresa que.lo realizase . 

Como esta señora lo hizo sin aprobar podemos dar por nulo ese acuerdo? Se aprobó, yo no, una derrama para realizar reparaciones , es decir tener dinero en la cuenta para ir preparando poco a poco pero está señora lo hizo todo en 10 días sin consultar por este motivo me negué a pagar por adelantado  . ¿ se puede dar por nulo ? Es decir si se dan por nulas esas reparaciones se supone que está señora debería devolver ese dinero a la cuenta de la comunidad?.

La próxima reunión es el día 4 cuyo único orden del día es : " Mejoras en el edificio.  Aprobación de los presupuestos para la rehabilitación del edificio. Formas de pago". 

Que presupuestos hay que aprobar si ya esta ejecutado, realizado, pagado y cargado en la cuenta. Sólo queda la aprobación del arreglo de mi patio que llevo exigiendo un año.

Y otra pregunta ¿ cuántas personas pueden asistir a la Junta? ¿ todas pueden hablar ? Es que aquí se presentan el matrimonio , que me parece bien, pero los dos se ponen a gritar, opinar y pelear y creo que debería ser uno el que hable y el que vote. ¿ es esto así? Me he leído el artículo 15 pero no queda muy claro. 

Gracias 

"Como esta señora lo hizo sin aprobar podemos dar por nulo ese acuerdo? "

No es que puedan dar por nulo el acuerdo. Es que el acuerdo no existe. Su problema, de todos modos, es demostrarlo. Con todo lo que nos ha contado anteriormente, parece difícil que pueda hacerlo (2 contra 2 y Actas falseadas).

Como le he comentado anteriormente, tal como se llevan las cosas en su Comunidad, no veo otra salida que acabar en el juzgado.

"¿Cuántas personas pueden asistir a la Junta? ¿todas pueden hablar ?"

En teoria, el articulo 15 dice, claramente, que si un piso pertenece a más de un propietario, deben nombrar a uno de ellos como representante para que asista a la reunión. De todos modos, jamás he visto que se impida a un propietario a assistir o a hablar en una reunión, aunque haya más de un propietario por vivienda.

"Si algún piso o local perteneciese «pro indiviso» a diferentes propietarios éstos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas."

Bueno demostrar creo que se puede hacer.pues no hay ningún acta en la que se haya aprobado el presupuesto pues no ha habido ninguno presentado, ni se aprobó la empresa que lo realizaba , ni tampoco su ejecución en el tiempo, simplemente ella ha cambiado puerta del portal , pintado escalera, cambiado suelo ascensor,...etc.. sin hacer Junta para aprobarlo. Y esto no consta en ningún acta , lo único que hay aprobado y de aquella manera es una derrama de 1500 cada uno para ir arreglando poco a el edificio según prioridades y urgencias como era el patio.

El preguntar por la asistencia era porque yo había entendido que para evitar aglomeraciones y millones en las reuniones podían asistir todos los propietarios acompañados pero solo podía hablar uno , es decir, matrimonio los 2 propietarios pero habla uno . Es que esto es el corral de la Pacheca. 

"Bueno demostrar creo que se puede hacer.pues no hay ningún acta en la que se haya aprobado el presupuesto pues no ha habido ninguno presentado, ni se aprobó la empresa que lo realizaba, ni tampoco su ejecución en el tiempo, simplemente ella ha cambiado puerta del portal, pintado escalera, cambiado suelo ascensor,... etc.. sin hacer Junta para aprobarlo."

Todo depende de cómo se hayan redactado las Actas de las reuniones. No sé si de la redacción del Acta de la reunión en la que se aprobó la derrama podría llegar a interpretarse que se aprobaba no sólo la derrama, sino la ejecución de la obra.

J....r, para ser propietario tienes que ser abogado , administrador, fontanero, etc...

Al leer la LPH entiendo que siempre tienen que estar aprobadas por los vecinos , es decir , si se dice se aprueba por unanimidad , que no es cierto, la derrama para arreglar el patio, el portal etc... , por ejemplo, yo creo que estos presupuestos deben estar aprobados en juntas para evitar estafas en facturas o se le de el trabajo a la empresa de otro vecino , vamos evitar chanchullos beneficiosas para ellos .

Es esto así?

¿Hablamos de lo "normal" o de lo que pasa en su Comunidad?

Por supuesto que las obres deben ser aprobadas por los vecinos. Se presentan los posibles presupuestos de las diferentes empresas y los vecinos deciden qué opción se aprueba. Se hace constar en Acta y fin de la historia.

Pero no estamos hablando de eso, sino de lo que, al parecer, sucede en su Comunidad, donde, según sus propias palabras, la Presidenta hace lo que se le antoja, falsea las Actas y cuenta con el apoyo de la mitad de la Comunidad.

Dado que NO actúa de forma clara y transparente (por no decir que no actúa de forma legal), hay que plantearse hasta qué punto podemos demostrar que esto es así.

Re: Respuesta de poliplos en tu pregunta "Cuota extra aprobada sin mayoría"

G

gracia victoria fernandez martos

vie 21/07/2017 14:19

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Buenos días.
Vuelvo a pediros consejo ya que hasta la fecha sois los que más luz habéis dado a este follón.
Como era de esperar la reunión no se celebro en ese día, creo que se imaginaron lo que iba a pasar. Les he enviado burofax y emails para solicitarles reunión en vista de lo anterior, y su respuesta ha sido nula.
Lo único que ha respondido la administradora, es que no hace falta reunión que envíe los presupuestos que yo tengo y ellos decidirán. Los míos  son más baratos en 1000 euros que los ficticios de ellos ( tengo email que la administradora dice que mo hay del patio )pero ellos tienen especial interés en hacerlo con este señor ( país de corruptos). El no enviárselo es que pretendo evitar, como ya ocurrió una vez, donde el suyo bajo el previo para después subirlo a mitad de obra.
Mi pregunta es : en base a todo lo que os he contado y como según la LPH hay que arreglar el patio comunitario que da a mi vivienda la cual dificulta la habitabilidad en mi casa por inundaciones graves y como además en varios actas se habla de su arreglo y aprobación de la obra, como se había acordado en Agosto y esto es ya, he pensado... ¿Puedo hacer la obra con el presupuesto más barato que tengo y que son de confianza? ¿Puedo pagar la obra del patio con las cuotas extraordinarias que tengo pendiente de pago? ¿Con esto quedaráa por pagada y al corriente de pago por ellos?
No queremos ingresar el dinero en la cuenta pues desaparece en polladas varias y no necesarias, ni urgentes, pero el tema que el dinero desaparece. Mi intención es enviar un burofax informando de que tal y como se acord´o en acta se comienza la obra del patio comunitario, que me acojo a la LPH ( creo el articulo 10) el cual una vez me comentaste que como afectaba a la habitabilidad era obra urgente y no hacia falta aprobación en junta, aunque esta aprobada solo que ellos quieren hacer la obra con sus amigos y complinches. Además poner en el burofax que mi deuda  lo voy a emplear en el pago del arreglo del patio por lo que me pondría al corriente de pago . ¿puede ser?
Demandar a la Presidenta como me dijiste, bueno yo si lo haría pero la otra vecina no quiere más historias y es que llevamos 2 AÑOS de locos. Se supone que el día 5 de Julio venció su mandato y la siguiente en la lista seria yo, pero actualmente estoy con cuotas impagadas por el motivo que ya sabéis y ese dinero lo quiero emplear en arreglar el patio . ¿Puedo ser la nueva presidenta?
Quitar a la administradora seria imposible pues siempre seremos 2 a 2 y a ellos le interesa tenerla ahí. ¿No hay forma de quitarse a esta señora de encima? No me puedo creer que tenga que renovarle su contrato en vista de todas las tropelías que hace y hará. ¿De verdad, no hay ninguna forma?
Quedo impaciente a la espera de tu contestación.

Nada impide que un propietario con deudas sea presidente.

Que la obra sea obligatoria no implica que pueda usted decidir que se haga con el presupuesto que usted quiere.

Si la obra no se ejecuta, lo mejor es actuar por vía legal. Si decide usted hacer lo que sugiere, puede acabar teniendo un problema, si la comunidad no acepta. Acabarán en el juzgado de cualquier forma. Por tanto, creo que lo mejor es no arriesgarse a hacer las cosas mal.

Gracias por tu respuesta la cual valoró y aprecio bastante. Entonces que me aconseja?  He ido a consultar a 3 abogados y parece que no les onteresa el tema pues sus respuestas son ambiguas donde te dicen te llamo y ni eso. Agosto es dentro de 10 días y estas señoras no dan respuesta alguna solo quieren seguir obstaculizando esto para su beneficio . 

¿ podemos la vecina y yo aunque impagadas solicitar Junta extraordinaria para renovar la presidencia ? 

¿ podría usted aconsejarme como actuar? ¿ qué haría usted en esta situación? Las cuotas extras impagadas son de 1500 euros pues se supone era para arreglar los patios es primer lugar que no ha sido así. 

Yo le sigo aconsejando que consiga un abogado. Todo apunta a que el asunto acabará en un enfrentamiento legal.

Cualquier propietario puede solicitar una junta al presidente. Si éste no la convoca, puede hacerlo el propietario, si reúne el apoyo del 25% de propietarios o cuotas. En su caso, si dos de cuatro quieren la junta, pueden convocarla. De todos modos, la renovación de cargos debe hacerse en la reunión ordinaria anual. Si lo proponen en una extraordinaria, sucederá como siempre en su comunidad: 2 contra 2.

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