Me tienen que devolver el IRPF?

Tenemos el siguiente caso:

Mi mujer empezó a trabajar en julio y en febrero y marzo hizo unas prácticas (600€ brutos). Sus ingresos brutos por los dos trabajos hasta el 31 de diciembre de 2017 han sido de 11.599€. No ha tenido más ingresos en 2017.

En sus nóminas de trabajo le han estado reteniendo un 13,14% por el IRPF. En las prácticas un 2%.

¿En la próxima declaración de la renta se lo tendrán que devolver al no haber superado 12.000€? En caso afirmativo, ¿devuelven la totalidad del IRPF?

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Hacienda solo devuelve lo que se le ha ingresado previamente (con alguna excepción), por lo tanto, el máximo de devolución es lo que le hayan retenido.

Para que le devuelvan tendrá que presentar declaración y solicitar la devolución. La renta es compleja y para determinar el importe de la devolución se tienen en cuenta muchas cuestiones, por lo tanto, cuando se abra el plazo, deberían ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

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