En un portar de 4 niveles,(10 vecinos), tienen puesto un corte de luz de 8 de la mañana a 8 de la tarde.Yo no veo. Es legal?

En un portal de 4 niveles, somo 10 vecinos en total, tienen puesto en el contador comunitario un aparato el cual queda cortada la luz de todo el portal incluidos todos los niveles, de 8 de la mañana a 8 de la tarde. Cuando esta nublado, llueve, etc, no vemos al subir, tenemos que encender las luces del movil para no tropezarnos. El administrador, dice que es para ahorrar, pero pagando 50 euros mensuales, sin tener ascensor, me parece exagerado. ¿Es legal poner estos limitadores de horarios?

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Esta es una decisión que se ha de tomar por todos los vecinos en una junta, no puede el administrador tomarla por su cuenta...

Y efectivamente, no parece muy lógico hacerlo así por tramos horarios... en estos casos, se suele instalar un sistema de sensores.

Eso sin contar con los posibles problemas que podría suponer en caso de accidente para la comunidad y que seguramente el seguro no se hace cargo si tiene conocimiento de estos cortes.

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¿Lo ha decidido el administrador?

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Me adhiero, a la respuesta del compañer@ ABOGADOS EDO, por no repetir lo mismo.

Diríjase, por escrito, al Presidente de la Comunidad, a los efectos de que en la próxima Junta General, se incluya un PUNTO en el Orden del Día, para tratar este asunto

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