Me pusieron una multa la guardia civil por no llevar alumbrado con niebla. Llevaba las automáticas. Puedo reclamar la multa?

Como ya os cuento llevaba las luces automáticas como siempre y la verdad es que no me di cuenta si estaba todo correctamente ya que era de día y la visibilidad no era muy reducida. ¿Me recomendáis reclamar? ¿Hay posibilidades de que me den la razón?

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Cabe preguntarse si el criterio de la Guardia Civil fue demasiado estricto o no. Pero el código de circulación, en su artículo 43, indica que "es obligatorio utilizar el alumbrado que reglamentariamente se establezca cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga."

Es decir que, cuando hay niebla, debe usarse el alumbrado.

Si en una situación en la que es obligatorio llevar encendidas las luces usted no las lleva, me temo que no le servirá alegar que una ayuda del vehículo no funcionó correctamente. La obligación de encender las luces recae en el conductor.

Gracias por la información

Mi consejo es que no presente el recurso. Tal como le decía antes, si había niebla y usted no llevaba encendido el alumbrado, la responsabilidad es únicamente suya.

Tal como ha podido comprobar, el automático se activa por falta de luminosidad, y no por falta de visibilidad.

Lo que trata de evitar esa norma de circulación es que un vehiculo sea poco visible en situaciones de niebla, que no suponen, necesariamente, falta de luminosidad. Puede haber mucha niebla y, al mismo tiempo, alta luminosidad, lo que no activaría el alumbrado del vehiculo.

Un vehículo en la niebla es poco visible, no por falta de luminosidad, sino por la mala visibilidad. En esa situación, las luces ayudan a mejorar la visibilidad del vehículo de forma radical.

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¿Hizo constar esa circunstancia de que llevaba puesto el automático? Si es así lo puede alegar ahora en su descargo.

Si, se le comunico al agente y este me dijo que era mi obligación saber que las automáticas pueden no encenderse con mucha luminosidad. Le indiqué que había pasado por delante de varios controles de guardia civil y ninguno me había parado,pero nada. Lo que me molestaría es tenerla que pagarla integra ya que el agente estaba en sus trece

En tal caso puede alegarlo como reiteración de lo manifestado ante el agente

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En este caso el agente actuó perfectamente, lo de las luces automáticas está "bien" pero recuerda que por ejemplo en un túnel se deben encender ante la señal de obligatoriedad de uso de luces y no 50m dentro del túnel, si te multan en este otro ejemplo que he puesto sería lo mismo, el sistema automático de luces no funciona cuando lo requiere la norma (salvo que el coche lleve cámara lectora de señales)

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