Sobre la excedencia forzosa en situación de IT

Trabajo en una empresa desde hace algo más de tres años, los dos últimos con contrato indefinido. Nuestro convenio de aplicación es el del Ciclo del Coemrcio del Papel y Artes Gráficas. Padezco desde hace bastante tiempo problemas de salud de orden nervioso, que tienen su origen en el entorno laboral y la actividad que desarrollo (estrés, ansiedad, dolores de cabeza fortísimos, etc). Mi médico insiste en dejarme en casa de baja una temporada larga, puesto que con las idas y venidas de estos meses en los que vengo faltando casi todas las semanas uno o dos días, seguramente lo que estoy haciendo es empeorar mi estado de salud. No cojo una baja larga porque sé que como mucho en tres semanas sería despedida, ya que trabajamos por objetivos y la experiencia de otros compañeros (ex-compañeros) confirma esta sospecha. Mi convenio contempla la excedencia forzosa en casos de enfermedad; quisiera saber si, en caso de que finalmente tenga que estar de baja por IT por tiempo indefinido, y consigo evitar el despido negociando una excedencia forzosa, durante el el tiempo que dure esa excedencia seguiría cobrando de la SS, si una vez dada de alta puedo pedir la reincorporación y si tendría las mismas prioridades que con una excendencia voluntaria.

1 respuesta

Respuesta

El problema que veo es que una excedencia no da lugar al percibo de prestación por
desempleo, lo que puede suponer que no cobres nada durante el tiempo de IT. Una
alternativa es que le plantees a la empresa que te quieren dar una baja larga y que no
quieres perjudicarla, de manera que les ofreces que te hagan un despido sin
indemnización con el compromiso de que una vez te den el alta te contraten de nuevo.
La situación es complicada.

Si necesitas más información o quieres que te asesoremos de forma profesional pueds contactar con nosotros llamando al: 936 81 87 55 o escribiendo un mail a: [email protected]

Gracias, Ana, por tu respuesta . No obstante , me refería a que en una situación de baja por IT, en teoría ( corrigeme si me equivoco) continuaría cobrando de la seguridad social por esa baja durante el periodo de excedencia forzosa... de ahí la consulta, puesto que no quedaría económicamente desamparada por decirlo de algún modo, y una vez superada la IT podría solicitar mi reincorporación. Es así? Gracias de nuevo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas