¿Alguien me puede orientar sobre incapacidad laboral y derechos?

Les voy a exponer mi caso: tengo una enfermedad que se llama linfoma de Hodgkin, llevo de baja desde el 14-10-2014. (Osea va a hacer un año), el día 29 y 30, me vuelven a dar quimioterapia, y el día 1 de octubre me han llamado de inspección medica a reconocimiento por el tiempo que llevo de baja. Me han dicho los hematólogos que me están tratando, que tengo que hacer un mínimo de tres ciclos de quimio a partir de ahora.
Mis dudas son a partir de ahora, ¿tengo qué seguir llevando las bajas del medico de cabecera semanalmente?
¿Las nominas me seguirán llegando de mi empresa como hasta ahora?
¿Me podría despedir mi empresa estando de baja?
si es así ¿Me tendrían que indemnizar?
y si es así ¿Me pagarían el paro? Llevo 17 años en la empresa como fijo
Llevo cotizados a la SS, 29 años y un mes, ¿tendría algún otro derecho después o durante mi enfermedad?
Bueno, tengo alguna duda más, pero no quiero cansarles...
Gracias anticipadas a quien me quiera contestar a estas comeduras de cabeza

Respuesta
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Cuando llega el año de baja, se exime la obligación de presentar los partes de baja.

En la carta que recibas cuando hayas ido al reconocimiento médico, en el caso de que te prorroguen la baja, te pondrá en ella, la entidad que va seguir pagándote la baja.

De poder despedirte, la empresa lo puede hacer en cualquier situación, el tema es que te indemnice correctamente.

En el caso que te despidieran, si, tendrías derecho al paro, por una duración de 2 años.

Pero por lo que me comentas, sería mejor que lo encararas hacia una incapacidad permanente.

Aprovecho la respuesta para comentarte un par de cosas que seguro que te serán de gran ayuda.

A la empresa, si es lista, no le interesa despedirte, ¿Por qué? Porque si en un futuro próximo consigues una incapacidad permanente, la empresa no esta obligada a pagarte ningún tipo de indemnización, solo el finiquito.

Ya por último, la cita que tendrás en el reconocimiento médico, es una cita normal que le hacen a todas la personas que están de baja cuando se acerca el año de duración. Después de este reconocimiento médico pueden pasar 3 cosas: la primera es que te prorroguen la baja 6 meses. La segunda, que te den el alta porque entiendan que estás en condiciones de volver al trabajo, y la tercera, que entiendan que tus lesiones son crónicas, y, por lo tanto, te den directamente una pensión de incapacidad permanente

Te recomiendo que acudas a un especialista lo antes posible para que te asesore del camino a seguir, y para que en el caso que lo considere oportuno inicie los tramites para una incapacidad permanente, en estos casos, es primordial una correcta planifiación.

Visita mi blog, hay artículos sobre las incapacidades permanentes, que te ayudaran

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