Incapacidad temporal pendiente incapacidad permanente

Estoy en situación de baja por incapacidad temporal desde el 25/6/2012 y el día 22/12/2013 se cumplen los 18 meses. El Inss no me ha citado para pasar inspección médica y valorar la posibilidad incapacidad permanente. Hoy llaman de mi empresa diciendo que me hacen suspensión del contrato por agotamiento del plazo máximo por incapacidad temporal y que tengo reserva de puesto de trabajo por dos años. La decisión que ha tomado la empresa ¿es correcta si no hay resolución por parte del inss? ¿De quién cobro a partir de hoy y cual es la cuantía?. Si el inss no concede la incapacidad, ¿cuál sería mi situación? La empresa me ha enviado el finiquito pendiente hasta la fecha y me ha dicho que lo firme ¿es correcto?

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Antes de nada informate en el INSS es posible te hallan prolongado 6 meses mas antes de mandarte a tribunal medico y la empresa no puede darte de baja sin que el INSS te allá concedido la incapacidad permanente no firmes nada y acude a un abogado o sindicato y que te asesoren de los pasos a seguir, a no ser que la empresa maneje información que tu desconoccas

Se han pasado los 18 meses de baja. Estuve hablando con el INSS y me han abierto un expediente de incapacidad permanente, pero no me ha llegado la citación porque la citación dependía de otro departamento. ¿Qué hago?

Yo en tu lugar acudiría o bien a un sindicato o un abogado laboralista pues la empresa no puede despedirte sin que te hallan concedido la incapacidad permanente

Lo he preguntado al sindicato que me corresponde, a ver que me dicen...

No me han despedido, me han suspendido el contrato por agotamiento del plazo máximo de incapacidad temporal.

En el INSS me han dicho que han abierto expediente de incapacidad permanente pero no me ha llegado todavía la citación para acudir al tribunal medico.

La empresa me ha mandado el finiquito (vacaciones pendientes, paga extra y el complemento de pago directo del mes) y el correspondiente recibí, que pone que me suspenden el contrato por agotamiento del plazo máximo en situacion de incapacidad permanente, agotamiento de I.T. o propuesta de invalidez segun referencia el articulo 48.2 de la ley del estatuto de los trabajadores: 29/03/1995.

En el finiquito no me han pagado los dias por año trabajado y en la ley anterior, pone que me guardan la antiguedad y el puesto de trabajo durante dos años.

A ver si me podeis aconsejar que hacer.

Muchas gracias, Saludos!

Con lo que me comentas ahora te suspenden el contrato no despiden y si lo pueden hacer pero te han de guardar como bien dices durante 2 años categoría y puesto de trabajo y en caso de que la incapacidad no fuera permanente hasta que se agote el tiempo que te otorguen

Puedes firmar el finiquito y cobrarlo y para cubrirte la espalda pon con reserva de acciones esto te da derecho a presentar reclamación si hubieras de hacerlo

Luego pediría informe al INSS de como va tu expediente

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