Rescisión del contrato por modificaciones sustanciales

Me gustaría saber si al rescindir el contrato de trabajo por modificaciones sustanciales (art. 41.3 ET) el empresario puede negarse a esa rescisión y si tiene algún plazo para contestar.

Gracias

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1

-Te modifican las condiciones...

-No las aceptas y solicitas la rescisión.

-Si el empresario "se niega" debe restituirte a tus anteriores condiciones.

Gracias José Manuel. ¿Tendría algún plazo para contestarme?

Antes de que Ud se incorpore a las nuevas condiciones laborales (si se incorpora acepta).

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