¿Tengo 62 años, me voy al paro o directamente a la jubilación?

Mi situación es la siguiente. Mi empresa me ha despedido con 62 años de edad y dos meses. Actualmente si me voy directamente a la jubilación, me queda unos 1280 euros. Mi pregunta es la siguiente: ¿Me conviene estar un año en el paro, o dos, hasta llegar a los 63..?, y si la repuesta es afirmativa ¿los cambios en la reforma laboral que se esperan me podría afectar para peor en mi cuota de jubilación?

Supongo que para ir a la jubilación antes tendré que estar algún periodo en el paro, como despido que ha sido.

Respuesta
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Con la entrada en vigor de la reforma de las pensiones aprobada el 27/2011) que entra en vigor el 1/1/2013) se pueden jubilar anticipadamente a los 61 años, los Trabajadores que hayan cesado en el trabajo por causa involuntaria por despido colectivo u objetivo sólo por causas económicas, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o por la existencia de fuerza mayor. Pero hay que tener cotizados a la seguridad social 33 años (a estos efectos, el periodo del servicio militar o la prestación social sustitutoria se computará como tiempo cotizado con el límite de un año) y que se encuentren inscritos en el INEM como demandantes de empleo durante un plazo de al menos 6 meses antes de solicitar la pensión, y como el SEPE/INEM) durante el tiempo en el que el trabajador esta cobrando la prestación por desempleo continua cotizando a la seguridad social por la misma base se cotización que tenia antes de quedarse sin empleo la cuantía de la base reguladora que determina la cuantía de la pensión de la jubilación no sufre modificación, en lo único que te puede afectar la jubilación anticipada es en el coeficiente reductor por adelantar la jubilación antes de la edad ordinaria coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión coeficientes que representantan el 1,875% por trimestre (equivalente al 7,5% anual) para los trabajadores con menos de 38 años y 6 meses cotizados El 1,625% por trimestre (equivalente al 6,5% anual) para los trabajadores con 38 años y 6 meses cotizados o más. Por lo tanto si tienes 62 años y mas de 33 años cotizados y te corresponde dos años de presentación por desempleo lo mas aconsejable es que antes de jubilarte a los 62 años consumas los dos años de prestación por desempleo y después de agotar dicha prestación solicites la la jubilación de esa forma te podrás jubilar con una base reguladora mucho mas favorable...

Gracias por la respuesta.

Tengo cotizado 44 años y 4 meses.Veo claro que si consumo los dos años del paro me reduce menos la pensión de jubilación. Lo único que me preocupa, es si es posible, que tras estos dos años pueda perjudicarme a la larga, si aumenta los años para calcular la pensión de jubilación de 15 a 25.Aunque supongo que si lo hacen así, sera de forma proporcional , ¿no?

Bueno,resumiendo,ahora mismo, con la ley que hay , supongo que lo mejor es esperar esos dos años cobrando el paro, para que no me perjudique tanto la jubilación. Y estar pendiente por si cambia la ley respecto al calculo de la pensión.

saludos y gracias

Como tienes cotizados mas años de los que se necesitan para cobrar el cien por cien ce la base reguladora, ya que en la actualidad solo se necesitan 35 años de cotización para cobrar el cien de la base reguladora, sin embargo por cada año que anticipes la jubilación respecto a la edad ordinaria que en tu caso serian la de los 65 años al tener mas de 35 años cotizados y por lo tanto la carrera laboral completa, por cada año de anticipo te descontaran de la base reguladora un 6,5 por ciento y si te jubilas con 62 años la cantidad a descontar de la base reguladora seria de un 19,5 por ciento y si te jubilas a los 64 tan solo seria de un 6,5 por ciento y aunque cuando te vallas a jubilar a los 64 años el periodo de calculo pasaría de 15 años actuales a los 17 ya que el periodo para calcular la base reguladora de las pensiones pasa de 15 a 25 años aplicándose un año por ejercicio a partir del 2013 hasta el 2022, como los dos últimos años de la prestación por desempleo vas a seguir cotizando a la seguridad social casi lo mismo que antes de quedarte sin empleo el aumento en de los dos años para el periodo de calculo, apenas te a suponer merma alguna en la cuantía de la pensión sin embargo si te jubilas a los 62 años es cuando lo vas a notar de forma muy acusada pero si tienes alguna duda te aconsejo que te pases por la tesorería provincial del INSS de tu ciudad y all mismo te informaran de cuales de las opciones es la que mas te puede veneficiar.. Un saludo.. no se te olvide finalizar la pregunta

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta

Yo también te aconsejo apurar el paro, mi caso es igual que el tuyo, pero ahora tengo una duda . He agotado el paro y mi mujer y yo estamos cobrando el subsidio para mayores de 52 años y al seguir cotizando y " arrimando " un poco de lo nuestro para pasar el mes no se si me interesará o no jubilarme ahora en Enero con 64 y una reducción del 6,5% o de lo contrario esperar otro año a los 65 y jubilarme con el 100x100

La duda es por el tema de posibles recortes este año por los acuerdos del pacto de Toledo.

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Mmm... Tengo una propuesta nueva. ¿Y si cobras esos dos años de desempleo y después hasta los 65 cobras la paga de mayores 52 años? Ese año cotizarías 125% de la base mínima unos 1370€, pero claro cobrarías 431€ al mes ese año, esa es la desventaja y por eso tal vez no te interese, aunque la ventaja es que la pensión seria del 100%

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