Garantía y falta de conformidad

Mi duda es sobre la ley de garantías.
Tengo entendido que si alguien compra por ejemplo un coche teledirigido tiene 2 años en los que puede obligar a la tienda vendedora (no al fabricante) a cambiarle el producto por otro nuevo, ademas en los primeros 6 meses se asume que el defecto es de fabricación, sin que el comprador tenga que demostrar nada.
Pienso que de esta manera durante esos 6 meses el vendedor corre un gran riesgo de que el comprador lo engañe después de haber hecho un mal uso del aparato. Además, ¿las garantías no deben ser cosa del fabricante?
En todo caso, ¿la tienda intermediaria tiene también derecho a obligar al fabricante (o al importador) a cambiar el producto dañado?
Te dejo un enlace que explica todo esto: libertonia.escomposlinux.org/story/2006/9/3/3492/91475
Y otro enlace, en este caso de una tienda, que al igual que la mayoría no lo aplica: www.netbox.es/tienda/garantia.htm
¿Quién se equivoca?
Respuesta
1
Primero, debes diferenciar entre el vendedor o comerciante y el fabricante.
El vendedor no puede dar ningún tipo de garantía de un producto que no ha fabricado. Podrá dar garantía por su instalación, si la ha efectuado él.
En cuanto a las diferencias entre profesional y particular (1 año o 2), la más evidente es la factura, a quién va dirigida.
Se debe reclamar al fabricante. El vendedor lo único que puede hacer es facilitarte los datos del Servicio Técnico
www.reformaweb.es
Pues si les preguntas a los de la oficina del consumidor te van a decir todo lo contrario, al parecer hay una ley que obliga al vendedor (no al fabricante) a comerse con patatas cualquier tipo de artículo que en 2 años deje de funcionar, y durante los primeros 6 meses ni si quiera debe el comprador demostrar que el defecto es de "fabricación".
Lo veo bastante ilógico, la verdad.
No obstante, según la agencia catalana de consum es así
http://www.consum.cat/temes_de_consum/garanties/index_es.html#12
Es un atropello contra los vendedores y me extraña que esto también se haga en Europa como según he oído. Ahora bien, ¿qué ocurre si el vendedor se niega a cambiar un producto?
En varias páginas web he visto que ponen que los responsables directos de los productos serán los fabricantes (o los importadores) pero creo que esos contratos online no son válidos si van contra una ley existente. ¿Qué me dices?
Gracias.
Exactamente.
La nulidad o anulabilidad de un contrato (todo o en parte) puede producirse al haber una o varias cláusulas del mismo contrarias a derecho.
Algo interesante para ver sería el acuerdo de compraventa del fabricante-vendedor o incluso la garantía del producto. En la mayoría de garantías el fabricante se responsabiiza por si mismo.
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