Capitalizar paro y luego cerrar negocio

Soy un autónomo que capitalicé el paro (60% pago único, 40% cuotas SS) en mayo de 2010, pero al no funcionar el negocio he tenido que cerrarlo. De momento he cambiado de actividad, con lo que sigo pagando la cuota de la SS, pero estoy pensando en darme de baja de autónomos.
Mi pregunta es: ¿Tengo qué devolver el pago único (o la parte proporcional) al no haber estado de alta como autónomo durante 2 años? Hay gente que me dice que sí, y gente que dice que no.
También he visto gente que dice que si te capitalizas el 60% de 1 año de paro (como fue mi caso, puesto que no tenía 2 años acumulados), entonces sólo estás obligado a estar dado de alta de autónomos 1 año. ¿Es eso verdad?
En resumen, al capitalizarte el paro, si cierras la empresa...
A) No tienes que devolver nada
B) Tienes que estar dado de alta 2 años como autónomo o devolver el dinero proporcional
C) Tienes que estar dado de alta el tiempo que capitalizaste (en mi caso 1 año) o devolver el dinero proporcional

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B karate,
Normalmente en la resolución por la que se te concedió el pago único vendrás recogidas las condiciones en las que se te concedió. Dale un vistazo. Igualmente dirígete a la oficina de pago único y comentale tu situación para no incurrir en errores desagradable por pequeños matices.
En mi opinión y conforme plateas tu consulta, ya has debido de justificar el destino o la inversión del pago único del 60 por ciento. Si lo has justificado conforme al proyecto que presentaste en su momento o estas en condiciones de justificarlo, no tendrás que devolver ningún importe pues iniciaste la actividad conforme a tu solicitud y tras un periodo de ejercicio desgraciadamente la misma no ha dado el resultado o la perspectiva esperada.
Normalmente no podrás obtener prestaciones de desempleo hasta que teóricamente se hubiera agotado la prestación. Tampooco obtener otro pago único hasta transcurrir cuatro años.

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