Me corresponde algún día por una intervención quirúrgica sin hospitalizacion

Me tienen que quita un quiste pero no tengo que quedar ingresado, ¿me corresponde algún día?, la operación es en mi horario laboral, es a las 16 horas y yo trabajo de 14 a 21, ¿tengo qué volver al trabajo ese mismo día?, mi contrato lo remite todo al estatuto de los trabajadores.

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Si la intervención quirúrgica no requiere ningún tipo de reposo si no que puedes trabajar con normalidad, no existe regulación legal sobre este permiso. Ni el Estatuto de los Trabajadores, ni otra norma con rango de Ley, reconoce el derecho del trabajador a a ausentarse de su puesto de trabajo para acudir a consulta médica. Tan solo, algunos convenios colectivos regulan este permiso. Resulta inconcebible, que un Derecho Fundamental de toda persona, como lo es el cuidado de su propia salud, no esté amparado por una Ley, dejando al empresario la potestad de autorizarlo, cuando éste, por desgracia, no siempre goza de los sentimientos humanitarios necesarios, prevaleciendo en sus decisiones las razones económicas. Algunas Sentencias han considerado que no se considera falta justificada la ausencia al trabajo amparada en asistencia a consulta médica que no ocupa toda la jornada laboral, ni consta en el parte de asistencia médica la hora ni la imposibilidad de trabajar. Si tu convenio no establece nada, dichas lagunas deben completarse con el Estatuto de los Trabajadores (dicho Estatuto establece los derechos y deberes de los trabajadores y empresarios mínimos, el convenio colectivo sólo puede mejorarlos, no empeorarlos o suprimirlos). Pero El art. 37 ET no establece las visitas al médico como permisos retribuidos. Podrás ausentarte de tu trabajo presentando al día siguiente laborable el pertinente justificante medico para que el día que as estado en el medico no coste como una falta de asistencia al trabajo.. El hecho de no trabajar ese día, provoca una disminución en el cobro del salario ya que la empresa te puede descontaran ese día de la nomina mensual..

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