Cuantos días tengo por la operación de un familiar

Han operado a mi padre y me dicen en mi empresa que no me corresponden días porque le han operado en febrero de la misma enfermedad y no han pasado 6 meses, mi convenio es el de comercio de textil en Cantabria pero yo me e leído el convenio y no lo veo eso por ningún lado me podrías decir si es verdad?

1 Respuesta

Respuesta
2

En el articulo 37 del ET, sobre Descanso semanal, fiestas y permisos en el apartado B del ET y referente a tu consulta, solamente se establecen los días de permiso retribuido a los que tiene derecho el trabajador/ra..Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o
enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin
hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el
trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de
cuatro días.. Por lo tanto el ET no establece nada respecto a las veces se puede solicitar un permiso misma enfermedad del mismo familiar

<a>http://www.estatutodelostrabajadores.com/a37-descanso-semanal-fiestas-y-permisos/</a>

En el articulo 37 del ET, sobre Descanso semanal fiestas y permisos en el apartado: B) del ET- que hace referencia a tu consulta, solamente se establecen los días de permiso retribuido a los que tiene derecho el trabajador/ra..Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el
trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de
cuatro días.. Por lo tanto como ni en el convenio colectivo ni en el ET se establece nada respecto a las veces que se puede solicitar un permiso por recaída del mismo familiar y el tiempo que tiene que transcurrir entre la primera solicitud y la siguiente, la empresa no te puede negar el permiso por los días que te corresponda según la gravedad del familiar siempre que sea por una causa justificada, alegando algo que no esta regulado ni por convenio ni por el estatuto de los trabajadores razón por la que te deberías informar en un sindicato o con algún abogado laboralista, porque la empresa no puede decidir unilateralmente lo que te corresponde o te deja de corresponder, para eso están las normas laborales normas que tienen que ser respetadas por ambas partes.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.estatutodelostrabajadores.com/a37-descanso-semanal-fiestas-y-permisos/

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas