Hoy ha salido sentenHa salido sentencia favorable a mi marido de modificación de medidas en contrato

Hoy ha salido sentencia favorable a mi marido en cuanto a modificación de jornada( estaba a jornada completa y le querían poner a jornada parcial. Impujnamos las medidas y el juez nos dio la razón en sentencia se recoge que debe el empresario readmitirloa en las mismas condiciones de jornada completa Ahora empieza el lío y ya no le pagó el mes dentro del periodo legal. Mi abogado dice que podemos pedir que se ejecute la sentencia. Decirle también que mi abogado pedía 8.700 euros en caso de la no readmisión. ¿Quiere decir que la petición de la ejecución de la sentencia sea que nos indemnice con esa cantidad?. Mi marido no desea seguir trabajando para el empresario por las represalias que puede tener y prefiere que se le indemnice; pero fue imposible llegar aun acuerdo con el empresario pues se negaba a hacer un despido objetivo y con los papeles del paro en regla. Como podemos hacer para que nos indemnice y zanjar el asunto ( por lo pronto ya empezó ayer mismo, a no pagarle el sueldo ) .

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Lo que el abogado quiere decir cuando se refiere a la ejecución de sentencia, es que, se tiene comunicar al SR juez el incumplimiento de la sentencia judicial por parte de la empresa, para que el juez mediante un requerimiento judicial, inste a la empresa a reponer las condiciones de trabajo que tenia tu marido antes de modificar las condiciones contractuales, y si en el plazo que estime el SR juez que suele ser de 15 días, no a cumplido con el requerimiento judicial ademas de la sanción administrativa por desacato judicial, tu marido puede rescindir el contrato de trabajo, por incumplimiento de las obligaciones del empresario con la indemnización equivalente a la del despido improcedente y con derecho cobrar el paro si reúne el el periodo de cotización de 360 días.. Por otra parte puede preguntar a el abogado, pero a tu marido ni se le puede despedir porque el despido seria declarado nulo por vulneración de un derecho fundamental recogido en la constitución Española (Mira el enlace de mas abajo derecho de indemnidad), por lo que tendría que ser readmitido de forma inmediata, ni se puede emplear ningún tipo de represalia que le perjudique en sus funciones laborales porque serian fuertemente sancionadas, por las autoridades laborales. Por lo tanto si la empresa incumple la sentencia judicial, tu marido no tiene porque llegar a ningún tipo de acuerdo con la empresa, solo tiene que pedir al abogado que solicite la extinción del contrato de trabajo, por incumplimiento de las obligaciones del empresario, lo que le dará derecho a que la empresa le indemnice con 45 días por año para el periodo trabajado antes de la reforma laboral, y 33 días por año para los periodos posteriores a la reforma laboral articulo 50 punto 1 y 2 del ET.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Un saludo..

ET:http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a50

Garantia de indemnidad:http://elpais.com/diario/2011/03/06/negocio/1299422852_850215.html

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