Cesión ilegal de trabajadores

Voy a intentar resumir mi caso y hacer la pregunta correctamente.
Me han despedido el 31 de diciembre. Los motivos alegados por la empresa han sido la finalización de los trabajos propios de mi categoría en la obra o servicio para la que estaba contratado (supongo que esto es lo mismo que decir por finalización de obra o servicio, ya que a todos los compañeros de mi obra, 5 en total, nos han despedido con el mismo motivo). Voy a impugnar el despido porque está muy claro que el contrato está en fraude de ley, porque he estado haciendo otros trabajos que no estaban recogidos en el proyecto y porque y porque ha existido una cesión ilegal de trabajadores durante los cuatro años y medio que ha durado la obra. Pues bien, respecto a la cesión ilegal de trabajadores se refiere mi pregunta, y es que he estado leyendo que como la cesión ilegal la voy a denunciar ahora que ya estoy despedido, en la posible sentencia favorable en la que se reconozca que ha habido cesión ilegal, no voy a poder elegir entre readmisión o indemnización por una de las dos empresas demandadas, eso corresponderá a las empresas, aunque sí voy a poder elegir en qué empresa quiero ser trabajador fijo. Sin embargo también he leído que si antes del despido hubiera interpuesto alguna demanda judicial o extrajudicial, el despido se me hubiera declarado nulo por un juez que obligaría a la empresa a readmitirme, y en ese supuesto podría pasar a ser trabajador indefinido de la empresa que yo eligiera.
Pues bien, sí existe una denuncia previa a mi despido, pero es una denuncia efectuada en la Inspección de Trabajo y no sé si eso puede alegarse para que el juez declare el despido nulo.
De modo que la pregunta sería ¿Una denuncia en la Inspección de Trabajo puede considerarse motivo para estimar un despido como nulo?
Un dato interesante es que la empresa en la que he estado cedido es una Administración Pública, de ahí mi interés en poder elegir yo en qué empresa ser trabajador indefinido (elegiría personal laboral en la Administración).

2 Respuestas

Respuesta
1
Pero lamentablemente el Derecho Laboral no es mi especialidad, motivo por el cual no puedo ayudarle en su consulta.
Respuesta
1
El despido se declararía nulo si el despido se hubiera producido como consecuencia de una reclamación previa, es decir que si pones una demanda a la empresa ante la inspección de trabajo por cualquier circunstancias relacionadas con las condiciones de trabajo o ante el SMAC por impago o incumplimiento de las condiciones contractuales y si el resultado de la demanda es favorable al demandante en este caso el trabajador, y a los pocos días el demandante es despedido de la empresa, alegando causas económicas o disciplinarias la empresa, ante una demanda del trabajador tiene muy pocas posibilidades de evitar una sentencia judicial favorable al trabajador y declarando el despido nulo por violar, un derecho constitucional como es el derecho que tienen todos los ciudadanos a defender sus derechos y las reclamaciones laborales están dentro de esos derechos,.
Hola,
Gracias por la respuesta, pero no me queda claro. Entiendo que si yo hubiera puesto una demanda en el juzgado o incluso una reclamación a la empresa y me despiden, podría declararse nulo mi despido porque se estarían violando mis derechos constitucionales, el derecho a la indemnidad y a una tutela judicial efectiva (creo recordar que lo leí así), pero es que en mi caso hubo una denuncia en la Inspección de Trabajo, y que no la puse yo, aunque también me englobó a mi.
Hago hincapié en lo de la Inspección de Trabajo porque he leído que esa denuncia (no demanda), no vale para considerar despido nulo porque es anónima y porque no es una demanda.
No sé si se entiende lo que quiero decir.
Saludos.
Por cierto, se me ha olvidado decirte que todavía no ha salido la sentencia, resolución o como se llame en lo que termine la denuncia que se puso ante la Inspección de Trabajo.
Saludos.
Aunque la denuncia se haga en la inspección de trabajo por cualquier motivo relacionado con algún incumplimiento por paté de la empresa y la persona que denuncia a la empresa ACREDITA QUE EL DESPIDO SE PRODUCE A CONSECUENCIA DE LA DEMANDA LA SENTENCIA DECLARARA EL DESPIDO NULO PORQUE LA EMPRESA NO PUEDE DESPEDIR A UN TRABAJADOR POR EXIGIR QUE SE RESPETEN SUS DERECHOS . el problema viene cuando el trabajador tiene que demostrar ante el juez que la causa del despido es una consecuencia de dicha reclamación pero el echo de que la denuncia sea anónima no influye para nada en la sentencia si el denunciante demuestra que el despido se produce como consecuencia de una represalia del empresario por denunciar a la empresa.. Una denuncia a la empresa ante la inspección de trabajo es una demanda que se hace por parte de los trabajadores solicitando a dicha inspección la intermediación para que mediante su acción haga cumplir los derechos que corresponde a los trabajadores cuando la empresa no respeta las condiciones por las que fueron contratados..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas