Cambiar horario por guarda legal

Cuando me incorpore al trabajo tras el nacimiento de mi hijo hable con mis jefes y les propuse hacer jornada intensiva de lunes a jueves para poder hacerme cargo del niño y no reducir horas de trabajo y así tampoco ver reducida mi nomina. Mi horario era de 8:15h a 17:30h con una hora para comer y de 8:30h a 15h los viernes y meses de julio y agosto, por lo que de lunes a jueves pasaba a ser de 8:15 h a 16:30h. De esto hace casi tres años en los que se me han estado firmando justificantes de horario para entregar en la escuela de mi hijo y aunque siempre me han estado lanzado puyas por el horario del tipo de que el trabajo se quedaba sin hacer porque yo salia antes (he de decir que el departamento queda cubierto en mi ausencia) o de que era una privilegiada se me ha seguido respetando el horario hasta que el día 7 de febrero mandaron una carta a todo el personal de la empresa en la que nos informaban de que hacíamos menos horas de las que exigía el convenio (del comercio del metal) por lo que la jornada reducida del mes de Julio desaparecía del 1 al 13 y que se procedería a regular el horario de todo el personal de 8:30 a 18 h con una hora para comer (de lunes a jueves) con la flexibilidad de 1/2 h a la entrada o salida para conciliar la vida laboral.
El día 11 me reuní con ellos y me dicen que no van a seguir respetándome mi horario y que busque otras soluciones, dándome de plazo lo que queda del mes de febrero. Mis preguntas son:
¿Pueden cambiarme el horario de este modo después de tres años? Ellos alegan que fue un favor que me hicieron al permitírmelo y que ya me indicaron que era una situación que tenia que corregir y que están es su derecho a unificar horarios por el bien organizativo de la empresa.
En caso de que la ley me amparase ¿tengo qué reclamar ante algún organismo? , y de ser así ¿De qué plazo dispongo para hacerlo? ¿Estaría amparada ante un posible despido por haber sido horario pactado por guarda legal?
Si tuviese que acogerme a la reducción de jornada, ¿pueden obligarme a tener que coger al hora de comida o estoy en mi derecho de coger toda la jornada continuada? ¿Cuál seria el modelo apropiado que debería entregar para solicitarla?
Y por ultimo, en caso de verme obligada a coger la reducción de jornada querría reclamar una subida de sueldo dado que estoy contratada como operario de ordenador cuando en realidad soy la responsable del Servicio técnico de la empresa con personal a mi cargo (una persona), ¿esto seria viable? ¿A qué categoría de mi convenio debería acogerme que englobe mis funciones?

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Considero que con lo que expone, no pueden cambiarle el horario, pues está pactado y es un derecho adquirido. En su caso debería de reclamar ante los Juzgados.
Si tuviese que optar por la reducción de jornada debe tener en cuenta que es importante que el horario que fije esté dentro de su jornada laboral, en caso contrario la empresa estaría en su derecho de negarse a aceptarlo.
Para solicitarlo habría que mirar el convenio al que pertenece, por si regulara algún aspecto. Pero debe presentarlo por escrito.
Dígame a qué provincia pertenece, para ver el convenio del metal en concreto, y asegurarle lo anterior e informarla sobre la solicitud de subida de sueldo.
El horario de trabajo es de 8:30 a 18 h de lunes a jueves (con una hora para comer no fijada) y de 8:30 a 15h los viernes y del 13 de Julio al 31 de agosto con flexibilidad de media hora a la entrada y salida. En mi caso y según mis cálculos mi intención seria pedir de 8:30 h a 15:36 h de lunes a jueves (y con los 6´cubrir para completar la parte de las 1555 h 45´que tengo que cumplir según convenio: 1778 horas - 12,5%) y de 8:30h a 15h los viernes y tiempo de jornada intensiva con lo que todo el horario estaría, a mi entender, dentro del horario fijado por la empresa (salvo que no me cojeria la hora de comer dentro del mismo).
Por otro lado nuestro convenio es el del Comercio del metal de la comunidad de Madrid y no logro encontrar en el mismo en que categoría debería englobarme.
Una ultima duda, por si podría ayudarme, en mi nomina solo aparecen cuatro pluses además del salario base: mejora voluntaria, Beneficios, antigüedad y plus de transporte. Entiendo que los tres primeros se han de ver reducidos en un 12,5% pero ¿qué ocurre con la antigüedad y el trasporte? Por lo que he leído en el convenio creo entender que no se ven afectados por el numero de horas de mi jornada y por tanto deberían respetarse ¿es así?
Muchísimas gracias por su ayuda
Respecto al horario que elegiría para la reducción de jornada debería de ser aceptado por la empresa.
He estado evisando el convenio y no veo una categoría específica en la que englobar estas funciones laborales, pero por lo que explica pudiera entrar dentro del analista de aplicaciones, pues dice que tiene conocimiento de las técnicas de organización del personal... Y respecto a los plues efectivamente es como dice.

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