Despido laboral

Hola, estamos oyendo en la empresa que la van a cerrar, mi pregunta es la siguiente.
Yo estoy de reducción por guarda legal a 30 horas. ¿Cómo sería mi liquidación? ¿Por jornada normal o reducida?.
Un saludo.

1 Respuesta

Respuesta
1
El finiquito(el salario del mes, las parte proporcional de las pagas extras y las vacaciones no disfrutadas)conforme a la jornada reducida.
La indemnización como si estuvieras a jornada completa(DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCTAVA. Cálculo de indemnizaciones en determinados supuestos de jornada reducida. [Añadida por Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.]
1. En los supuestos de reducción de jornada contemplados en el artículo 37, apartados 4 bis, 5 y 7 el salario a tener en cuenta a efectos del cálculo de las indemnizaciones previstas en esta Ley, será el que hubiera correspondido al trabajador sin considerar la reducción de jornada efectuada, siempre y cuando no hubiera transcurrido el plazo máximo legalmente establecido para dicha reducción(los 8 años de la edad del niño).
¿Sabrías decirme si en caso de un ere en la empresa tendría yo más posibilidades de despido por estar de reducción?
Tendrías la mismas posibilidades de ser despedida que cualquier trabajador excepto los representantes de los trabajadores(que son los últimos en salir).
En cualquier caso si usted advirtiera que se la despide precisamente a usted por su condición de tener la reducción de jornada(por ejemplo si unicamente están incluidas en las lista de el ere las que están en reducción de jornada)podría demandar individualmente vía judicial por despido nulo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas