Bajas.

Mi más cordial saludo.
Me han dicho que, en una empresa los días que los trabajadores no van a trabajar (aunque estén enfermos -pero no de baja- o vayan al médico o a algún especialista, etc.), se les descuentan en nómina. Creo que esto lo veo ajustado a ley.
La cuestión es que, también, y aunque estén de baja, no cobran.
Me gustaría que me explicaras a partir de que días, en una baja por enfermedad común, se debe de cobrar (%) y quién debe pagarlo, así como que legislación incumple la empresa.

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Legalemnte si un trabajador no va a trabajar porque está de baja y no presenta un parte de baja no cobra nada porque es ausencia del trabajo sin justificar (se requiere el parte de baja)
Durante la baja, los tres primeros días no se cobra nada, del 4º al 21º día se cobra el 60% de la base de cotización que aparece en la nomina y a partir del 21º día de baja se cobra el 75% de la base de cotización. Del 4º al 15ª día lo paga la Empresa, a partir del 16 lo paga la Seguridad Social (realmente lo paga la Empresa y luego le carga el coste a la Seguridad Social o Mutua en caso de tenerla)

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