Supongo que te refieres a solicitar un adelanto de la paga extraordinaria, puedes pedirla pero no exigirla, si la empresa quiere dártela no habría problemas, pero si quieres un adelanto la empresa no está obligada a pagártela, la empresa ante un anticipo está obligada a dar el salario generado, por lo tanto solo tendrías derecho al salario de la extra generado, al final de enero tendrías derecho a 1/6 parte de la extra. El % anterior es si tuvieras el devengo de las extras semestrales porque si fuera anual tendrías derecho a finales de enero a 7/12 partes.
- Anónimoahora mismo
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