Fin contrato

Hola: En la actualidad mantengo un relación laboral con mi empresa bajo un contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo. El mes que viene, una vez llegados al plazo máximo de duración del mismo me darán dos opciones: o fijo o a la calle. La segunda opción supongo comportará un despido improcedente ya que estoy solo en mi departamento pero me parece poco. ¿Hay alguna forma de conseguir la nulidad ante un fin contrato?

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¿O fijo o a la calle? No existe esas opciones. YA ERES FIJO si tienes un contrato temporal en fraude. Por tanto la opción de la empresa es depedirte o dejar que sigas, como con cualquier otro indefinido. No renovarte es lo mismo que despedirte.
¿Impedir qué te despidan? Sólo siendo elegido delegado en unas elecciones sindicales o bien teniendo reducción de jornada. En ambos casos, si el despido es improcedente, eres tú el que opta entre la indemnización y la readmisión (con pago de los salarios dejados de percibir entre el despido y la readmisión).
Todo esto, por supuesto, demandando judicialmente por despido improcedente cuando efectivamente dejes de trabajar en la empresa por no renovación. 20 días de plazo.
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La segunda opción no comporta despido sino es una finalización de contrato. No es un despido improcedente ni se puede intentar un despido nulo. Llegada la fecha si la Empresa no convierte tu contrato en indefinido lo que hará será no renovarte más, te tendrá que finiquitar (incluye los días trabajados del mes en curso, una indemnización de 8 días de salario por finalización de un contrato eventual, el abono de las vacaciones pendientes de disfrutar y la parte proporcional de las pagas extras), junto con el finiquito te han de dar un certificado de empresa para que puedas solicitar el subsidio de desempleo. Antes de la finalización del contrato te tendrán que preavisar con 15 días de que finaliza tu contrato, si no lo hicieran tu contrato a la fecja de vencimiento se convertiría en indefinido
Estoy de acuerdo contigo en que llegado el vencimiento lo que me propondrán como segunda opción será un fin contrato que deberé firmar poniendo "no conforme" ya que entiendo que la causa del contrato eventual no está justificada (estoy solo en el departamento, ¿a quién se le acumulan las tareas si no hay nadie más? ¿No serán tareas propias del departamento? ¿Si no me renuevan volverán a contratar a otro para que continué haciendo las funciones que hago?) Con todo esto acabo pensando que el contrato eventual está hecho en fraude de ley y por tanto deberá ser considerado indefinido. De ahí que te diga lo del improcedente. Esto más o menos lo tengo claro pero la nulidad no se si la podría conseguir de alguna manera. De paso y en relación a tu respuesta, ¿es necesario comunicar con 15 días de antelación la finalización de contratos eventuales de duración inferior al año? Mucha gracias de antemano.
No, solo es obligatorio el preaviso en contratos de duración superior a 12 meses.
Respecto al tema de tareas o nuevas contrataciones para ti no seria justificación ya que la empresa puede contratar cuantas personas quiera para hacer las mismas funciones, una detrás de otra. Pero lo que no puede hacer es mantener a la misma persona más de 24 meses en un periodo de 30 porque el contrato sería indefinido

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