Trabajo 7 horas/día (42h) y estoy dada de alta 2'5 horas/día. ¿Debo aguantarme?

Los Jefes me dicen que es lo único que se pueden permitir, mi novio está en mi misma situación. 7 horas al día... Y cotizo 2'5 horas. Me siento muy cortada de denunciar a inspección de forma "anonima" ya que tengo entendido que tienen influencias dentro y en el Ayuntamiento... Además nos dicen que tenemos que mentirle si viene el inspector y llamar al jefe para que venga corriendo y me haga relevo y aparentar que hago solo 2'5 horas. Necesito el trabajo, ¿qué hago?

1 Respuesta

Respuesta

I. Hola Compañera, he estado en tu misma situación cuando trabajaba en Telepizza, y aunque no hice nada y no tengo experiencia en este ámbito, según he leido, lo más acertado en estos casos es tratar de denunciar esta irregularidad en la inspección de trabajo, -se trata de una práctica frecuente de las empresas y está penada-,

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2016/12/19/economia/1482160109_631518.html 

Tampoco conozco bien los detalles pero hasta que responda otra persona puedes informarte desde estos enlaces y el siguiente texto, disculpa su longitud. Mucho ánimo y suerte.

Estoy asegurada menos horas de las que trabajo

Trabajo a tiempo completo y mi empresa solo cotiza por mí a media jornada. Quiero denúncialo

Contrato laboral con menos horas de las que hago

----------------------------------------------------------------------------------

La manera más fácil sin tener que enfrentarte a la empresa es que acudas a la Inspección de Trabajo de tu provincia y pongas una denuncia, relatando en la misma todo lo que expones en el post y aportando el mayor nº de datos y pruebas que puedas (por ejemplo, horario real que haces para que la ITSS pueda presentarse y verte trabajando).

La denuncia ante la ITSS es anónima y gratuita, tu te identificas en la denuncia pero el inspectos tiene legalmente prohibido identificarte como denunciante, la ITSS siempre de oficio (ya sea motu propio, por denuncia, etc). También tienes la posibilidad de denunciar judicialmente pero en este caso debes probar todo lo alegado y el empresario sabrá siempre quien demanda.

Esto ya es opción tuya. Otra ventaja de denunciar ante la ITSS (que no impide que posteriormente acudas a la vía judicial) es que lo constando por la misma tiene presunción de veracidad, lo que juega a tu favor, siendo la empresa quien deba probar lo contrario, cosa difícil según los incumplimiento que cuentas.

No denunciar esa situación, además de que estás contribuyendo con el fraude implica que tienes menor protección en caso de protección por desempleo, jubilación, incapacidad temporal, etc... pues la base de cotización es sólo por las 4 horas... y es la que se toma para calcular las prestaciones a que tienes derecho.

En cuanto a las consecuencias de la denuncia hay que diferenciar las laborales de las de seguridad social:

-Laboralmente puedes exigir las diferencias salariales de los últimos 12 meses, las demás están prescritas pues éste es el plazo para reclamar... a tu favor tienes que al pagarte ese dinero en negro no sólo puedes reclamar todo aquello que por convenio te pertenezca trabajando a jornada completa sino también todo el dinero que hasta ahora te abonó en negro... pues el empresario no podrá probar su pago (piensa que es dinero que "oficialmenet" no existe). Así que, una vez que la ITSS constate que está trabajando a jornada completa y levante la correspondiente acta de infracción al empresario podrás reclamar las diferencias de los últimos 12 meses.

En materia de seguridad social el plazo de prescripción es de 4 años, por tanto, si en el acta de infracción se constata que llevas trabajando a jornada completa, la propia ITSS extenderá también acta de liquidación reclamando al empresario las diferencias de cotización de los últimos 4 años (el tiempo anterior está prescripto). No sé en que mes empezaste en el 2008 pero de denunciar a día de hoy abarcaría desde agosto 08 a agosto 12.
Sería conveniente también que mirarses el convenio que te es de aplicación para ver todas las retribuciones que legalmente te corresponden.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas